PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE EL D. LEG N? 1084, Ley sobre L?mites M?ximos de Captura por Embarcaci?n 1. ?C?MO FUNCIONA LA INDUSTRIA DE LA ANCHOVETA? 1.1 La industria de la anchoveta y anchoveta blanca (especies engraulis ringens y anchoa nasus) se desarrolla en dos etapas principales: o La etapa extractiva (captura del recurso), desarrollada en el ?mbito mar?timo. o La extracci?n del recurso para fines industriales se realiza fuera de las 5 millas de la costa por m?s de 1 200 embarcaciones, de las cuales alrededor de un 50% corresponde a embarcaciones de acero (sujetas al r?gimen del Decreto Ley 25977) y el 50% restante a embarcaciones de madera (sujetas al r?gimen de la Ley 26920). o Cada embarcaci?n industrial tiene asignado un derecho para pescar, el cual est? contenido en una licencia que establece, entre otros datos, la especie permitida y la capacidad autorizada de su bodega, establecida en metros c?bicos (m3). o Dentro de las 5 millas, se practica la pesca artesanal, por embarcaciones con capacidades de bodega menores a 32,6 m3. o La etapa de procesamiento, desarrollada en el ?mbito terrestre. o Alrededor de un 80% de las actividades transformadoras corresponden a la producci?n de bienes de Consumo Humano Indirecto (CHI), es decir, harina y aceite de pescado. o No obstante, la producci?n de bienes de Consumo Humado Directo (CHD), es decir, fresco, congelado, enlatado, curado, productos preformados, etc., viene increment?ndose en los ?ltimos a?os. 1.2 La disponibilidad de los recursos para CHI ha estado sujeta a dos factores determinantes: las condiciones del clima y el mar, y la racionalidad en la extracci?n. Para racionalizar la extracci?n, el Ministerio de Producci?n establece cuotas globales de captura determinadas por IMARPE, temporadas y zonas de pesca, limita el otorgamiento de licencias a nuevas embarcaciones y establece tallas m?nimas de captura. El promedio del periodo de pesca al a?o es de 50 d?as (2005 - 2008) para capturar un volumen m?ximo aproximado de 5,500 millones de toneladas m?tricas (TM). 1.3 La anchoveta y anchoveta blanca constituyen especies clave del Ecosistema de Humboldt, al ser el centro de la principal red tr?fica (cadena alimenticia). El riesgo sobre la anchoveta altera el balance del ecosistema marino. Fuente y elaboraci?n: Patricia Majluf 1 o o La sobrepesca de anchoveta invariablemente altera el balance energ?tico y las relaciones depredador-presa con efectos cascada a trav?s del ecosistema (Patricia Majluf, 2007). En la industria pesquera, la anchoveta y anchoveta blanca son las ?nicas especies que pueden ser destinadas al CHI. Desde el a?o 2002, se prohibi? la captura de jurel, la caballa y la sardina destinada a la elaboraci?n de harina y aceite de pescado. 2. ?QU? PROBLEMAS EXISTEN EN LA INDUSTRIA? ?CU?L ES EL ORIGEN DE LOS MISMOS? 2.1 El sistema de cuotas globales que se aplica actualmente genera incentivos a los armadores para entrar en una carrera desmedida por extraer la m?xima cantidad del recurso en el tiempo asignado para la pesca. En esta carrera se generan diversos problemas que se interrelacionan y que aquejan al sector en t?rminos econ?micos, sociales y de medio ambiente. o Problemas econ?micos: o Riesgo de depredaci?n del recurso: La existencia de una cuota global no garantiza la preservaci?n del recurso; de hecho, a fines de los sesenta e inicios de los setenta se dio una sobrepesca que devino en la crisis del a?o 1972, en que la biomasa casi se depred?. Tom? 10 a?os poder volver a una biomasa aceptable. o Sobreinversi?n en la industria: Actualmente existe un exceso en flota y capacidad de bodega que se ha ido acumulando desde hace varios a?os. Seg?n los c?lculos realizados por APOYO Consultor?a, el exceso de capacidad de bodega representa alrededor del 40% de la capacidad de bodega actual y corresponde a una sobreinversi?n de alrededor de US$ 1 000 millones. Seg?n Macroconsult, el exceso en capacidad de bodega podr?a superar el 50%, para un supuesto de eficiencia en utilizaci?n de bodega determinado (60%). Cabe se?alar que a pesar de que el Ministerio de la Producci?n ya no otorga nuevos permisos para la pesca de anchoveta, la sobreinversi?n contin?a mediante la sustituci?n de bodega con barcos m?s potentes y veloces. Debe entenderse que la sobreinversi?n no es una decisi?n empresarial ?ptima, dado que no genera necesariamente mayor captura. De hecho, a pesar de las inversiones realizadas, la captura global se ha mantenido m?s o menos estable alrededor de 5,5 - 6 millones de TM en los ?ltimos a?os. Los recursos sobreinvertidos hubieran podido generar mayor impacto en otras actividades. o Limitaci?n para incrementar el valor del producto final: Las exportaciones pesqueras peruanas se concentran en bienes de CHI, los cuales tienen un menor valor agregado que los productos de CHD. En Chile ocurre lo contrario, en parte debido a su sistema regulatorio. En dicho pa?s, las exportaciones de truchas, salmones, entre otros productos de CHD representan el 83% del valor exportado. Pasar a una 2 producci?n de mayor valor agregado requiere como paso previo el ordenamiento de la pesca de anchoveta, ya que s?lo as? se podr? destinar recursos de inversi?n a estas actividades, y adem?s tener el tiempo para una captura y procesamiento que demande mayor tiempo. EXPORTACIONES PESQUERAS POR INDUSTRIA - 2007 (Millones de US$) 3,500 3,000 2,500 2,000 25% 1,500 1,000 83% 75% 500 17% 0 Per? CHI CHD Fuente: BCRP, BCRCL Chile o Reducci?n de los d?as de pesca: Al acentuarse cada a?o la carrera ol?mpica por la sobreinversi?n del sector, los d?as de pesca han venido reduci?ndose de manera acelerada en los ?ltimos a?os. En consecuencia, la captura diaria ha experimentado un significativo incremento. Mientras que en el a?o 2001 se pescaba m?s de 220 d?as y se capturaba poco m?s de 50 000 TM de recurso diariamente (en promedio), en los a?os 2007 - 2008 los d?as de pesca han sido cerca de 50 y la captura diaria cercana a las 100 000 TM. Este es un problema econ?mico en tanto reduce las posibilidades de planificaci?n de las empresas y genera mayores riesgos para las mismas, adem?s de generar presi?n sobre el recurso lo cual afecta su normal reproducci?n. Cabe mencionar que ello implica que los pescadores s?lo se dedican a la actividad 50 d?as al a?o, con lo cual muchos han incursionado en otras ocupaciones dentro del mismo sector pesca, e incluso en otras actividades econ?micas, las cuales realizan el resto del a?o. En lo que respecta a otros sectores, los tripulantes de naves de acero se desempe?an con mayor frecuencia en actividades propias de ?reas urbanas (comercio, servicios y transporte), en tanto que la flota de madera se concentra m?s en labores asociadas a la agricultura o ganader?a. OTRAS ACTIVIDADES DESEMPE?ADAS DURANTE EL PER?ODO DE VEDA (%) * Acero Madera Comercio Servicios Transporte Construccion Agricultura / Ganaderia Pesca Otros 15.1 15.8 19.3 8.9 10.8 23.5 6.6 5.9 3.6 3.6 0.0 22.9 60.3 3.7 * La pregunta admit?a m?s de una respuesta, por lo que los porcentajes pueden superar el total de 100. Fuente: Encuesta a personal de flota (2007) o Reducci?n de precios de la materia prima por congesti?n en el desembarque: La reducci?n de los d?as de pesca conlleva a que se congestione el desembarque en un per?odo corto. En esta din?mica, las plantas dan prioridad a su flota relacionada, lo que perjudica la calidad de la materia prima de armadores independientes (principalmente de madera) por las largas horas de espera en las que el pescado se 3 deshidrata, se oxida y pierde peso y parte de sus caracter?sticas proteicas. La reducci?n en el precio de la materia prima puede alcanzar aproximadamente un 50% del precio m?ximo pagado. o Vulnerabilidad del sector ante shocks ex?genos: La eventual ocurrencia de un Fen?meno de El Ni?o tiende a reducir la producci?n de harina y aceite de pescado y mermar los ingresos de la industria. En este escenario, las empresas estar?an en la capacidad de reducir algunos costos operativos asociados directamente al proceso de producci?n; sin embargo, los costos fijos -asociados a la capacidad instalada- se mantendr?an altos por el exceso de capital en flota. As?, tal eventualidad afectar? con mayor intensidad a la industria si los armadores mantienen incentivos a sobreinvertir. o Problemas sociales: o Inseguridad f?sica para los trabajadores: La carrera ol?mpica obliga a que los trabajadores salgan a pescar bajo cualquier condici?n del mar y compitan con otras embarcaciones por el recurso. En consecuencia, todos los a?os se hunde una gran cantidad de embarcaciones y fallecen muchos pescadores. El 2008, las v?ctimas han ascendido a m?s de 50. Problemas medioambientales: o Captura devuelta al mar: Se estima que la captura devuelta al mar luego de llenar la bodega representa alrededor de 10% de dicha cuota. Por ejemplo, si se define una cuota de 5,5 MM de TM, esto implicar?a que en la pr?ctica, se est? pescando m?s de 6 MM de TM, lo que pone en riesgo el recurso al exceder la cuota global establecida con criterios cient?ficos por IMARPE. o Contaminaci?n en las zonas de desembarque: Las plantas tienden a ubicarse donde el desembarque es m?s f?cil, es decir, en caletas. Estas zonas, usualmente ricas en flora y fauna marina, son afectadas por la congesti?n en el desembarque creada por la carrera ol?mpica. Las embarcaciones contaminan la zona por las largas horas de espera y las plantas, al concentrar el esfuerzo en pocos d?as, no optimizan procesos y generan m?s contaminaci?n (concentraci?n de aguas residuales de los procesos, que provocan malos olores, humos industriales, exceso de calor, etc.) o Amenaza a otras especies: En la din?mica de la carrera ol?mpica, existe un riesgo asociado a la posible captura de especies acompa?antes que no deber?an ser destinadas a la producci?n de harina y aceite de pescado. o 3. ?QU? SOLUCI?N PROPONE EL D. Leg. N? 1084? 3.1 La soluci?n involucra cuatro aspectos principales: a. De cuota global a l?mites individuales La reforma adecua el marco regulatorio del sector a las pr?cticas de las principales pesquer?as del mundo. La medida ordena el sector y lo vuelve m?s competitivo a partir de la asignaci?n de derechos individuales - l?mites m?ximos de captura por embarcaci?n (LMCE) para la captura de anchoveta y anchoveta blanca en la zona centro-norte, complementando as? la normatividad referida a la cuota global. Los LMCE brindan un derecho econ?mico a los armadores sobre un nivel de captura. Esto brinda certeza sobre la captura, por lo que permite racionalizar el esfuerzo pesquero y generar un nivel ?ptimo en la capacidad de extracci?n, promoviendo as? un uso m?s eficiente de los recursos con menor impacto ambiental. S?lo participan los armadores que cuentan con naves operativas y con permisos de pesca vigentes. Se limita la posibilidad de transferir un LMCE al vincularlo al permiso de pesca y a la embarcaci?n que le dio origen. b. F?rmula que toma en cuenta pesca hist?rica y capacidad de bodega 4 El c?lculo de la al?cuota (l?mite individual) que corresponde a cada embarcaci?n es diferente seg?n el tipo de flota. Esta al?cuota (porcentaje m?ximo de captura por embarcaci?n) se multiplica por la cuota global para hallar el LMCE que corresponde a cada temporada. o En el caso de embarcaciones de acero, el ?ndice se obtiene de la suma del 60% del ?ndice de participaci?n de la captura y el 40% del ?ndice de capacidad de bodega. o En el caso de las embarcaciones de madera, el ?ndice se construye tomando en cuenta ?nicamente la captura de la embarcaci?n (mejor a?o 2004 - 2007). c. Programa de Beneficios La norma protege a los trabajadores que se vean afectados por la medida: o Los armadores no podr?n despedir trabajadores por causa de la disminuci?n de flota que podr?a resultar a partir del establecimiento de los LMCE, por un per?odo de dos a?os. o Contempla un sistema de rotaci?n de tripulantes asociados a la flota retirada. o Est? acompa?ado por un mecanismo de compensaci?n atractivo al cual se pueden acoger voluntariamente los trabajadores asociados a la flota excedente. ?ste tiene tres componentes con m?ltiples beneficios: o Componente de Incentivos a la Reconversi?n Laboral: Bonificaci?n por renuncia voluntaria de 2,25 sueldos mensuales por a?o de servicio con tope de 18 sueldos, capacitaci?n t?cnica para el desarrollo de actividades dependientes, apoyo econ?mico durante el per?odo de capacitaci?n, asesor?a. o Componente de Desarrollo de MYPES: Bonificaci?n por renuncia voluntaria de 2,25 sueldos mensuales por a?o de servicio con tope de 18 sueldos, capacitaci?n gerencial para el desarrollo de actividades independientes, apoyo econ?mico durante el per?odo de capacitaci?n, asesor?a. o Componente de Jubilaci?n Adelantada: Aplicable a mayores de 50 a?os. Durante el primer a?o, el trabajador obtendr? el 50% del sueldo anual que percib?a antes de su retiro sujeto a un m?nimo de S/. 500 y un m?ximo de S/.3000. Los estipendios mayores a S/. 500 se reducir?an proporcionalmente cada a?o hasta alcanzar los S/.500 en el a?o en el que el trabajador alcance los 55 a?os de edad. d. Soluci?n al problema de jubilaci?n El D. Leg. 1084 establece, adicionalmente, un aporte social de car?cter temporal a un fondo intangible destinado a apoyar la soluci?n definitiva de la jubilaci?n de quienes est?n actualmente adscritos al sistema vigente de pensiones aplicable a los tripulantes pesqueros industriales (activos y pasivos). Como se sabe, la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador se encuentra en una situaci?n cr?tica y a fines de noviembre ha sido intervenida por la administraci?n judicial. El aporte extraordinario que establece la norma, equivalente a US$ 1.95 por TM de pescado descargado en dichos establecimientos durante diez (10) a?os, permitir? dar una soluci?n a la problem?tica existente. 4. ?ES BUENA LA OPCI?N DE TENER L?MITES INDIVIDUALES? 4.1 Esta opci?n de pol?tica p?blica es la soluci?n que recomienda la literatura acad?mica cuando, como en el caso de la pesca, se da la situaci?n en que existe un "recurso com?n" (bien semip?blico en t?rminos econ?micos). En esta situaci?n, los individuos que tienen acceso legal al recurso tienen el incentivo de capturar la mayor?a de los beneficios del mismo lo antes posible, antes que los competidores y por tanto tienden a minarlo. As?, expertos se?alan que "La tragedia de los comunes es una falla de mercado que ocurre cuando los recursos de propiedad com?n (...) son explotados sin la adecuada regulaci?n para mantener el recurso. En estas circunstancias, los usuarios individuales se benefician de aumentar el consumo del recurso en el corto plazo, a pesar que todos sufrir?n en el largo plazo de la depredaci?n del recurso"1. Frente a 1 Howlett & Ramesh (2003), "El Estudio de las Pol?ticas P?blicas", Oxford University Press, pp. 34 5 ello, la recomendaci?n es que el "Estado debe asignar derechos a trav?s de licencias para evitar depredaci?n (Savas, 1977, 1987)"2. 4.2 Expertos locales internacionales y locales coinciden en que los sistemas de l?mites individuales son los m?s adecuados para solucionar los problemas originados por el uso com?n de los recursos pesqueros. Entre las instituciones internacionales que han recomendado estos l?mites se distinguen: 4.2.1 Banco Mundial (recomendaci?n espec?fica para el Per? en Banco Mundial (2006), Peru: Increasing the Benefits from the Fisheries Sector through Policy Reform); 4.2.2 Organizaci?n para la Cooperaci?n Econ?mica y el Desarrollo (OECD); 4.2.3 Organizaci?n de las Naciones Unidas para la agricultura y la alimentaci?n (FAO); y, 4.2.4 Organizaci?n de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI.) 4.3 Asimismo, un estudio cient?fico reciente de Costello et al (Can Catch Shares Prevent Fisheries Collapse? En: Science 321, 1678 (2008)), rese?ado por la revista The Economist prueba que esta medida lo mejor para la sostenibilidad del recurso. 4.4 Por otro lado, algunas de las instituciones / expertos locales que se han pronunciado a favor son: 4.4.1 Imarpe, 4.4.2 Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, 4.4.3 Macroconsult, 4.4.4 Elsa Galarza (Centro de Investigaciones de la Universidad del Pac?fico, 4.4.5 Patricia Majluf (Universidad peruana Cayetano Heredia) y 4.4.6 Juan Carlos Sueiro (ONG Cooperacci?n). 4.5 El consenso entre los expertos acerca de que este sistema es favorable se debe, desde el punto de vista econ?mico, a que brinda certeza respecto a los niveles capturados. As?, las cuotas individuales permiten a los armadores una adecuada programaci?n de sus ingresos y una adecuada racionalizaci?n de sus gastos, al igual que un manejo eficiente de sus inversiones. La eliminaci?n de los incentivos a sobreinvertir permite la asignaci?n de recursos a actividades m?s rentables, tales como la producci?n de bienes de consumo humano directo. Arnason (2008) calcula que la p?rdida econ?mica en las pesquer?as globales en la forma de ganancias no percibidas probablemente equivale a US$ 50 mil millones por a?o. 4.6 Asimismo, el sistema posibilita una mejora en la calidad de la materia prima, lo que redunda en una mayor producci?n de productos de CHI de mejor calidad, lo cual se ha verificado en Chile, en que ahora se genera una mayor proporci?n de harina Premium, que implica un mayor precio en el mercado. 4.7 Desde el punto de vista ecol?gico y medio ambiental, esta medida tambi?n ayuda a proteger el recurso y el ecosistema relacionado. Al respecto, Costello et al (2008) analizaron una muestra de 11 135 pesquer?as (de las cuales se identificaron 121 que operan con cuotas individuales) con el fin de determinar si dicho sistema previene el colapso de las mismas. Los autores definen "colapso" cuando en un a?o determinado, la captura es menor al 10% de la captura m?xima registrada hasta dicho per?odo. Al a?o 2003, la fracci?n de pesquer?as sin cuotas individuales que estaban colapsadas duplicaba la fracci?n de pesquer?as con cuotas individuales en colapso. A trav?s de un an?lisis estad?stico, se hall? que la implementaci?n de cuotas individuales reduce la probabilidad del colapso en 13,7 puntos porcentuales. Adem?s, se encontr? que el cambio hacia un sistema de derechos individuales detiene e incluso podr?a revertir la trayectoria global hacia el colapso de las pesquer?as. 4.8 Otro indicio de que este sistema constituye la mejor opci?n para solucionar los problemas del uso com?n de recursos finitos es el hecho de que los principales pa?ses pesqueros lo han adoptado y vienen aplic?ndolo, en algunos casos, desde hace m?s de treinta a?os, tal como se observa en la siguiente l?nea de tiempo. 2 Howlett & Ramesh (2003), "El Estudio de las Pol?ticas P?blicas", Oxford University Press, pp. 32 6 Canad? (1972) Nueva Zelanda (1983) EEUU 1970 (1975) Islandia 1980 (1984) Australia 1990 Noruega 2000 (2001) Chile 5. ?ES BUENA LA FORMULA DE ASIGNACI?N DE LA CUOTA? 5.1 S?, porque se basa en un criterio justo que considera la eficiencia en la captura y las inversiones realizadas en el sector. Se trata de una f?rmula de asignaci?n que difiere seg?n el tipo de flota: o Para las embarcaciones de acero, se pondera la participaci?n hist?rica en captura (20042007) con un 60% y la participaci?n en capacidad de bodega con un 40%. o Para el caso de las embarcaciones sujetas al r?gimen de la Ley 26920, s?lo se toma en cuenta la pesca hist?rica (100%). 5.2 La flota de madera se ve beneficiada por la cuota que les ser? asignada, con respecto de su promedio hist?rico y de la participaci?n que ha obtenido en lo que va del a?o. o La f?rmula se?alada en la Ley recoge las preocupaciones de la flota de madera, y en tal sentido el c?lculo de su porcentaje se basa s?lo en su mejor a?o de pesca hist?rica. o La participaci?n que les corresponder? es mayor que su promedio hist?rico (2004-2007) y que la participaci?n que han obtenido en lo que va del 2008. La flota de madera tendr? una participaci?n cercana al 21% bajo el nuevo esquema de regulaci?n, cifra bastante superior al promedio de 17.64% registrado en el periodo 2004-2007. Periodo 2004-2007 Con LMCE Acero 82.36% 78.92% Madera 17.64% 21.08% 6. ?ES CONSTITUCIONAL EL D. Leg. N? 1084? 6.1 S?. Es constitucional y est? enmarcado dentro de las facultades delegadas para el TLC. 6.2 En el contexto espec?fico de la implementaci?n del TLC con los EEUU, una reforma de esta naturaleza es fundamental para preparar el sector pesquero peruano para el mejor aprovechamiento del nuevo mercado posibilitado por este acuerdo comercial. Se enmarca dentro de las facultades delegadas para el TLC (Ley N? 29157), en tanto ?stas permitieron al Poder Ejecutivo legislar sobre: o Mejora del marco regulatorio, el fortalecimiento institucional, la simplificaci?n administrativa y la modernizaci?n del Estado, o Promoci?n de la inversi?n privada, o Mejora de la calidad y el desarrollo de capacidades, o Promoci?n del empleo y de las micro y peque?as empresas, y o Fortalecimiento institucional de la gesti?n ambiental 6.3 En particular, el D Leg. 1084: Fortalece la gesti?n ambiental: El establecimiento de LMCE genera condiciones que permiten fortalecer la gesti?n ambiental de las autoridades competentes, al (i) incentivar el 7 retiro de la flota excedente, as? como la estabilizaci?n o el incremento de los d?as de pesca, lo que reducir? la presi?n sobre el recurso y el ecosistema marino; (ii) programar mejor las operaciones durante el a?o entero, no habr? congesti?n en el desembarque, lo que impedir? los desechos en las bah?as y permitir? la mejor preservaci?n de estas zonas, muy ricas en flora y fauna marina; (iii) la mejor programaci?n de las operaciones y el incremento de los d?as de pesca permitir?n procesos menos contaminantes desde el punto de vista de las plantas procesadoras de harina de pescado; (iv) la reducci?n del sobreesfuerzo pesquero impedir? que se siga desarrollando una carrera desmedida por el recurso, lo que reducir? el riesgo de captura de otras especies que no deben ser destinadas a la producci?n de harina de pescado. Mejora el marco regulatorio: el Decreto Legislativo N? 1084 sistematiza y ordena en un solo cuerpo normativo con rango de Ley, la actividad extractiva del recurso anchoveta, estableciendo claramente cada uno de los derechos y obligaciones de los agentes involucrados (Estado - Ministerio de la Producci?n, armadores pesqueros y pescadores), dotando a los actores privados de seguridad jur?dica respecto de la realizaci?n de inversiones en el subsector pesquer?a. Genera mayor competitividad, inversi?n y calidad: Adem?s de mejorar la programaci?n de inversiones, el sistema LMCE incrementar? el stock de recursos destinados a la inversi?n pues las empresas podr?n destinar sus recursos a actividades rentables y de mayor valor agregado en lugar de seguir incrementando su flota. Dicha inversi?n podr?a destinarse al sector pesquero o a otras actividades econ?micas. Como ocurri? en Chile, las empresas buscar?n mayores m?rgenes de ganancia en actividades que den mayor calidad y valor agregado al producto. Por un lado, se realizar?n inversiones espec?ficas para incrementar la calidad del recurso, tales como mejor equipamiento en las embarcaciones y tecnolog?a en planta para la preservaci?n de las capturas. Asimismo, se tender? hacia un mejor aprovechamiento del recurso reflejado en la generaci?n de productos alternativos en el ?rea de las conservas, el congelado y en el procesamiento de harina de pescado con diversos niveles de calidad. Ello permitir? un mejor aprovechamiento del TLC con los EEUU, en donde los niveles de penetraci?n de productos pesqueros de CHD tienen un significativo potencial de crecimiento. Esto es muy importante en el contexto del TLC con EEUU, mercado l?der en importaciones de Omega 3 y de productos de la acuicultura. La mayor calidad que ser? alcanzada en la producci?n de harina de pescado permitir? tambi?n incrementar las exportaciones de harina de pescado a este pa?s, que es muy exigente en la calidad de sus importaciones y para el cual el Per? actualmente representa una peque?a proporci?n de sus importaciones de harina de pescado. Cabe se?alar que en el sector pesca, las actividades de mayor valor agregado tambi?n son las que m?s absorben empleo. 7. ?QUE VENTAJAS TIENE EL D. Leg. N? 1084 PARA LOS DISTINTOS ACTORES DE LA INDUSTRIA PESQUERA? o Para los armadores de e/p de la Ley 25977 (ACERO) Ordena la pesquer?a de la anchoveta, al brindar certeza sobre la captura y as? permitir una adecuada planificaci?n de las operaciones de las empresas. Brinda incentivos para reducir la flota excedente y la sobreinversi?n. Permite que el LMCE pueda ser incorporado a otra e/p del mismo armador. Promueve la igualdad entre armadores. Desincentiva la sobreinversi?n y permite que dichos recursos se destinen a actividades m?s rentables (CHD o productos CHI premium). Evita sobrecostos por siniestros y accidentes de navegaci?n. Incrementa el valor de las embarcaciones pesqueras. Para los armadores de e/p de la Ley 26920 (MADERA) Ordena la pesquer?a de la anchoveta, al brindar certeza sobre la captura y as? permitir una adecuada planificaci?n de las operaciones de las empresas. Brinda incentivos para reducir la flota excedente y la sobreinversi?n. Permite que el LMCE pueda ser incorporado a otra e/p del mismo armador. Promueve la igualdad entre armadores. o 8 Desincentiva la sobreinversi?n y permite que dichos recursos se destinen a actividades m?s rentables (CHD o productos CHI premium). Evita sobrecostos por siniestros y accidentes de navegaci?n. Incrementa el valor de las embarcaciones pesqueras. Su LMCE se basa en el 100% de la captura hist?rica (beneficia la eficiencia) y resulta en una participaci?n superior a la promedio de los ?ltimos a?os. Favorece a los precios de la materia prima por la mejor calidad derivada de la descongesti?n de los puntos de desembarque. o Para los pescadores que permanezcan en la actividad Permite que los pescadores puedan conocer sus ingresos en raz?n a la cuota asignada a la embarcaci?n donde faena. Permite la rotaci?n de la tripulaci?n. Proh?be los despidos de los pescadores por reducci?n de flota por 2 a?os. Evita maniobras riesgosas por la "carrera ol?mpica". Para los pescadores que se retiren Indemnizaci?n de 2.25 sueldos por a?o, hasta 18 sueldos. Acogimiento voluntario al FONCOPES: el armador asume el 50% de su sueldo de jubilaci?n desde la edad de 50 hasta los 55 a?os; sueldo m?nimo S/.500, m?ximo S/. 3,000. Apoyo econ?mico durante 2 a?os para capacitaci?n t?cnica y asesor?a para trabajos independientes o dependientes, hasta por el 20% del sueldo mensual. Aporte al Fondo de Jubilaci?n de US$ 1.95 por TM descargada, por 10 a?os o hasta crear un fondo de US$ 140 MM. Para los Industriales Mejorar? los rendimientos al poder programar la recepci?n de pescado. Permitir? cumplir con los LMP por efluentes y emisiones. Racionalizar? el n?mero de plantas que deba tener cada empresa. Asegura la sostenibilidad de su materia prima. Generar? excedentes para ser utilizados en otras pesquer?as u otras actividades econ?micas. Permitir? obtener los certificados de sostenibilidad de pesquer?as que piden los compradores. Para los pescadores artesanales La extracci?n ordenada de la anchoveta disminuir? los casos de invasi?n de la zona de pesca artesanal Reduce la presi?n sobre la biomasa de anchoveta Mejora la gesti?n ambiental Reduce la contaminaci?n en bah?as. La mejora de los ingresos permitir? mayores recursos de los derechos pesqueros para ser orientados a los proyectos de pesca artesanal para mejoramiento de la infraestructura pesquera y para capacitaci?n permanente o o o 9