\ ,‘xï i O x? PRESIDENTES ' \" ., x.’ 6 . ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE POLITICAS DE EMPLEO ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE POLÍTICAS DE EMPLEO La creación de empleo y el empleo de calidad son el principal objetivo de la sociedad española y de todas las Administraciones Públicas. Las políticas activas de empleo, cuya ejecución es competencia de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía en coordinación con la Administración General del Estado en el marco del Sistema Nacional de Empleo, son una herramienta estratégica para facilitar la vuelta al mercado de trabajo de los desempleados y reforzar las competencias de los trabajadores ocupados. El mercado de trabajo ha avanzado sensiblemente desde el comienzo de la recuperación económica, pero sin duda queda mucho por hacer en la recuperación del empleo perdido por la crisis y en la mejora de la adaptación de nuestra fuerza de trabajo a los retos del futuro. Crecer y crear empleo de forma intensa y sostenible en el tiempo requiere, en el contexto de la moneda única, que nuestra economía se comporte de forma competitiva y que sea más eficiente que las de nuestros principales socios europeos. Uno de los elementos que garantiza la competitividad de la economía española y que permite una creación de empleo sostenible, es contar con trabajadores cualificados y con capacidad de adaptación a un entorno muy cambiante, especialmente en un momento en el que estamos viviendo una nueva revolución tecnológica: la revolución digital. En este ámbito son esenciales las políticas activas de empleo. Es por tanto necesario continuar con la mejora de la coordinación entre las distintas Administraciones Públicas implicadas en la realización de los servicios y programas de políticas activas de empleo, de cara a conseguir una eficaz utilización de los recursos destinados a facilitar la inserción laboral de los trabajadores desempleados en el mercado laboral, así como una mayor productividad y capacitación de los trabajadores ocupados. A su vez, la mejora en la eficacia y eficiencia de las políticas activas de empleo redunda de manera inmediata en el aumento de las oportunidades de los desempleados de encontrar un empleo, reduciendo así los niveles de desigualdad, y reforzando la sostenibilidad del Estado del Bienestar. Por ello, el Presidente del Gobierno y los Presidentes de Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, reunidos en la Conferencia de Presidentes de 17 de enero de 2017, ACUERDAN Renovar la Estrategia Española de Activación para el Empleo para el período 2017-2020, de manera consensuada, en el seno de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, estableciendo las siguientes prioridades: 1. Seguir avanzando activamente en la modernización de los Servicios Públicos de Empleo y en la mejora de los instrumentos de coordinación sobre los que se sostiene el Sistema Nacional de Empleo, aumentando la eficacia y la eficiencia de las Políticas Activas de Empleo, y avanzando para ello en la evaluación de las mismas en función de resultados y su planificación en el primer trimestre del año. 2. Seguir avanzando en la mejora del Sistema de Formación Profesional para el empleo, en especial en materia de Formación Dual, incrementando, a su vez, la participación de las Comunidades Autónomas en la gestión de los recursos disponibles. 3. Orientar, de manera prioritaria, los servicios y programas en materia de políticas activas de empleo a mejorar la empleabilidad de los jóvenes y a la efectiva implantación de la Garantía Juvenil en España, así como a favorecer la empleabilidad de otros colectivos vulnerables, tales como los mayores de 45 años que sean desempleados de larga duración, las personas en riesgo de exclusión social y las personas con diversidad funcional. ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE EL DESARROLLO DEL PRINCIPIO DE COOPERACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LAS COMPETENCIAS DE LAS DIFERENTES ADMINISTRACIONES EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE EL DESARROLLO DEL PRINCIPIO DE COOPERACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LAS COMPETENCIAS DE LAS DIFERENTES ADMINISTRACIONES EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL El sistema de protección civil adquiere hoy una importancia de primer orden entre todas las Administraciones Públicas con el fin de atender las necesidades de los ciudadanos en momentos de especial necesidad o gravedad. En este sentido, la cooperación entre ellas no sólo debe ser considerada como un objetivo para mejorar su funcionamiento, sino como una garantía de la calidad de la respuesta que van a recibir los ciudadanos. Se trata de actuar con la máxima coordinación, agilidad, eficacia y eficiencia, y de poner todos los medios al alcance de los poderes públicos para afrontar cualquier tipo de situación de amenaza que afecte a la seguridad nacional. En esta línea la aprobación de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, ha supuesto un paso más en la configuración de unos procedimientos de actuación regidos por la cooperación, y que han sido abordados por la Conferencia de Presidentes, poniéndose de relieve la exigencia de agilizar su plena aplicación para disponer cuanto antes de los medios de atención a las necesidades ciudadanas. Por todo ello, el Presidente del Gobierno y los Presidentes de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, reunidos en la Conferencia de Presidentes de 17 de enero de 2017, ACUERDAN 1. Constituir, antes del 31 de marzo de 2017, el Consejo Nacional de Protección Civil, previsto en la Ley 17/2015, de 9 de julio. 2. Adoptar las medidas necesarias para el desarrollo del trabajo conjunto en el seno del Consejo y para configurar las actuaciones administrativas en la materia, como un sistema coordinado que incluya todas las aportaciones y medios de que disponen las diferentes Administraciones Públicas. {236 PRESIDENTES ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE LA ESTRATEGIA NACIONAL FRENTE AL RETO DEMOGRAFICO ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE LA ESTRATEGIA NACIONAL FRENTE AL RETO DEMOGRÁFICO En los últimos años España está perdiendo población y más allá de factores coyunturales, se aprecian cada vez más claramente los efectos de una baja natalidad, la disminución del número de jóvenes y un acusado proceso de envejecimiento. Hoy son diez las Comunidades Autónomas con saldo vegetativo negativo y, por primera vez en muchos años, en 2015 ha sido mayor el número de defunciones que el de nacimientos en España. Las proyecciones demográficas referidas a nuestra Nación plantean un descenso ininterrumpido de población, pronosticándose una pérdida de más de medio millón de habitantes en 2031, que serán más de cinco millones de habitantes perdidos en 2066: más del 11% de la población actual. La dinámica de la fertilidad, esperanza de vida y migraciones hacen prever grandes cambios en la estructura de edades de la población, al tiempo que se producirá un importante descenso de la ratio activos/dependientes. Los cambios afectan con especial intensidad a algunos territorios, debido a su mayor grado de envejecimiento, ruralidad, dispersión, insularidad, extraterritorialidad y otros factores. Pero los desequilibrios demográficos y territoriales no sólo suponen desafíos en las zonas que pierden población, sino también en las grandes zonas urbanas receptoras, lo que hace que el cambio demográfico afecte a todas las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía. De hecho, los efectos son cada vez más notables desde el punto de vista económico, social y ambiental, tanto a escala europea como nacional, autonómica y local. Es evidente la incidencia del cambio demográfico sobre la sostenibilidad del Estado del Bienestar, fundamentalmente por la presión sobre los sistemas de pensiones, de salud y sobre los servicios sociales de atención a las personas mayores y a las personas dependientes. También repercutirá en el mantenimiento de los ecosistemas tradicionales y de la propia red de infraestructuras, incidiendo en el desarrollo de los distintos territorios, debido a la tendencia a la concentración de la población en los núcleos urbanos. La dimensión de este cambio va a demandar la cooperación entre todos los niveles de Gobierno y todas las Administraciones Públicas, incluyendo medidas de apoyo a las familias, mayores oportunidades para los jóvenes, políticas de integración de la población inmigrante y acciones de desarrollo y dinamización del medio rural. Con carácter general, es necesaria una mayor sensibilidad hacia los desafíos demográficos por parte de todas las políticas públicas. Pero atender a los desafíos demográficos exige también ampliar el concepto de población de referencia. Así, planificar los retos poblacionales de España pasa por incorporar los costes de la población flotante en la provisión de infraestructuras, de las políticas de vivienda y del Estado del Bienestar. Por ello, el Presidente del Gobierno y los Presidentes de Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, reunidos en la Conferencia de Presidentes de 17 de enero de 2017, ACUERDAN 1. Impulsar medidas específicas para hacer frente a los desafíos demográficos. 2. Elaborar y desarrollar, por parte del Gobierno de España, y contando con la colaboración de las Comunidades Autónomas, las Ciudades con Estatuto de Autonomía y las Entidades Locales, una Estrategia Nacional frente al Reto Demográfico, de naturaleza global y transversal, que diseñe una respuesta conjunta y de futuro para paliar la problemática del progresivo envejecimiento poblacional, del despoblamiento territorial y de los efectos de la población flotante. 3. En dicha Estrategia, que deberá estar aprobada en 2017, habrán de ser consideradas las conclusiones y recomendaciones de la Ponencia de estudio para la adopción de medidas en relación con la despoblación rural en España (creada en el seno de la Comisión de Entidades Locales del Senado), las propuestas y recomendaciones de la Comisión Especial de Estudio del Senado sobre las medidas a desarrollar para evitar la despoblación de las zonas de montaña y, en su momento, las que emanen de la Comisión Especial de Estudio sobre la evolución demográfica cuya creación, también en el Senado, ha sido recientemente acordada. Y tendrá también en cuenta los trabajos del Foro de Regiones españolas con Desafíos Demográficos (FREDD) y el dictamen del Pleno del Comité de las Regiones, así como aquellos otros que puedan aportar las distintas Administraciones autonómicas. 4. El Gobierno de España, las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía, en la medida de sus posibilidades, defenderán ante las autoridades de la Unión Europea la necesidad de que las políticas de la Unión tengan en cuenta y den respuesta a los desafíos demográficos, que en la mayoría de los aspectos son comunes a todos los Estados miembros. Vo l ' l M ‘ . vw PRESIDENTES ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE EL PACTO SOCIAL Y POLITICO POR LA EDUCACION ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE EL PACTO SOCIAL Y POLÍTICO POR LA EDUCACIÓN España necesita hoy un Pacto de Estado por la Educación, un acuerdo que supere posiciones ideológicas partidistas, que incorpore los avances provocados por la revolución tecnológico-digital, y que dote de certidumbre y estabilidad al sistema educativo con el objetivo de mejorar su calidad. Un acuerdo que garantice el derecho a la educación y a la libertad de enseñanza proclamados por la Constitución, y que se asiente sobre los principios de mérito, capacidad e igualdad de oportunidades. Para alcanzar este Pacto es imprescindible la participación activa de toda la Comunidad Educativa: los alumnos, las familias, los docentes, los centros educativos, los sindicatos, los agentes sociales y económicos, las asociaciones y fundaciones del sector y, en general, de toda la sociedad española. El pasado 21 de diciembre, a propuesta de la Comisión de Educación, el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó la creación de una Subcomisión para la elaboración de un gran Pacto de Estado Social y Político por la Educación. En este pacto son piezas clave las Administraciones Autonómicas que cuentan con importantes competencias de cara a la implantación de una futura Ley Educativa. Por ello, el Presidente del Gobierno y los Presidentes de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, reunidos en la Conferencia de Presidentes de 17 de enero de 2017, ACUERDAN Encomendar al Gobierno de España la solicitud de la convocatoria de la Comisión General de las Comunidades Autónomas del Senado para celebrar un debate monográfico sobre educación que incorpore el diagnóstico y las aportaciones de las mismas a los trabajos del Pacto de Estado Social y Político por la Educación. Y buscar la máxima coordinación entre ambos trabajos a fin de incorporar la visión de las Administraciones Autonómicas y las Comunidades educativas. ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE EL DESARROLLO Y APLICACIÓN DE LA LEY DE GARANTÍA DE LA UNIDAD DE MERCADO, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y EMPLEO PÚBLICO ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE EL DESARROLLO Y APLICACIÓN DE LA LEY DE GARANTÍA DE LA UNIDAD DE MERCADO, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y EMPLEO PÚBLICO Con el fin de proteger los derechos de los ciudadanos, los intereses de los agentes económicos e impulsar la actividad económica generadora de empleo, la unidad de mercado exige una buena regulación económica, que elimine trabas innecesarias. Ello supone un cambio cultural y una decidida política de cooperación entre nuestras administraciones en el marco de la lealtad institucional. En este contexto, las Conferencias Sectoriales deben jugar un papel esencial en el cumplimiento de los principios de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado, para lograr en ellas un nivel óptimo de coordinación entre el Estado y las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía. Por otro lado, la necesidad de atender a una adecuada prestación de los servicios públicos a los ciudadanos, unido a la exigencia de hacer un uso más eficiente de los recursos de las Administraciones Públicas, requiere valorar todas aquellas fórmulas que permitan que sus empleados públicos puedan contribuir mejor a esa función de servicio público que les es propia. Y ello demanda articular los mecanismos necesarios que les habiliten para prestar sus servicios en el conjunto de las distintas Administraciones Públicas en función de las concretas necesidades de éstas en cada momento, principalmente, a través de su movilidad interadministrativa o de la modulación de la tasa de reposición. Poner en valor los servicios públicos, mejorar su calidad y alcanzar la máxima eficiencia, requiere continuar las reformas encaminadas a modernizar las Administraciones Públicas. Además de aprovechar las potencialidades que ofrecen las nuevas tecnologías su utilización debe acompañarse de cambios organizativos y procedimentales, así como de la mejora de los servicios, los procesos y las políticas públicas. Por todo ello, el Presidente del Gobierno y los Presidentes de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, reunidos en la Conferencia de Presidentes de 17 de enero de 2017, ACUERDAN 1. Avanzar en la cooperación entre Administraciones Públicas para garantizar la unidad de mercado, la buena regulación en el territorio nacional, y la movilidad interadministrativa, haciendo de todo ello un marco económico esencial para el funcionamiento competitivo de la economía española: - - Para los agentes económicos, con un entorno más favorable a la competencia y a la inversión en términos de reducción de costes y trabas con el consiguiente incremento de la productividad y de la creación de empleo. Para los consumidores y usuarios, a fin de que puedan beneficiarse de un marco productivo y de distribución que les permita un mejor y mayor acceso a productos y servicios de calidad. 2. En el marco de la oferta pública de empleo anual, se procederá al análisis de las especiales necesidades en los sectores prioritarios de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, en especial los de servicios sociales, educación, sanidad, seguridad y emergencias. En este sentido, se adoptarán las decisiones en materia de tasa de reposición, tanto general como para sectores prioritarios, de forma que garanticen un fortalecimiento equilibrado y sostenible de los efectivos en el conjunto de cada Administración Pública, en colaboración con el resto de Administraciones Públicas y con pleno respeto a los límites y reglas de gasto establecidos . 3. Se llevará a cabo un análisis del porcentaje de interinidad en los servicios públicos esenciales, singularmente en educación y en sanidad, y en su caso se buscarán fórmulas que permitan reforzar la estabilidad de las plantillas de personal en dichos ámbitos, en aras de garantizar una prestación de los servicios públicos de mayor calidad y sostenible financieramente, en colaboración con el resto de Administraciones Públicas y dentro de los límites y reglas de gasto establecidos. 4. Trabajar leal y conjuntamente con el fin de potenciar la movilidad interadministrativa voluntaria para facilitar el acceso de los empleados públicos a puestos de trabajo de otras Administraciones Públicas, articulando mecanismos y medidas que favorezcan el derecho de éstos a disfrutar de dicha movilidad, tanto geográfica como funcional, y promuevan asimismo un uso más eficiente de los recursos de las Administraciones Públicas. 5. Impulsar una Administración Digital centrada en los ciudadanos, que permita simplificar y reducir la complejidad de la actuación de las Administraciones. Para ello se deben fomentar los servicios y herramientas compartidas con la finalidad de fomentar la eficiencia, la celeridad, la accesibilidad y la calidad de los servicios digitales prestados. '\ n ¡ O x? W . PRESIDENTES Q . \ .9, Q n. í . ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES PARA IMPULSAR LA TARJETA SOCIAL ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES PARA IMPULSAR LA TARJETA SOCIAL La duración de la crisis y el grave problema del desempleo han llevado al Gobierno a trabajar en estos años junto a los agentes sociales para reforzar y diseñar programas para hacer frente a la situación de las personas sin empleo, fundamentalmente los parados de larga duración. A esta finalidad han respondido la Prórroga del Plan Prepara, la mejora de la cuantía de este programa para aquellos parados de larga duración con cargas familiares, el diseño del Programa de Activación para el Empleo o el Programa de Atención a Desempleados de Larga Duración de entre 30 y 55 años. Por parte de las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía, y en el ámbito de sus competencias en materia social, se viene prestando un importante apoyo a las personas en situación más vulnerable. Para seguir avanzando en la mejora del sistema de protección a los desempleados, y dar una respuesta más eficaz que permita responder a la situación de las familias más vulnerables, el Gobierno de la Nación ha abierto una mesa de trabajo con los agentes sociales para reforzar la coordinación entre los programas de los distintas Administraciones Públicas a través del impulso de una tarjeta social. La tarjeta social pretende ser una llave de acceso al Registro de Prestaciones Sociales Públicas, que permitirá conocer en tiempo real, gracias a su actualización permanente, las prestaciones sociales de contenido económico que bajo distintas fórmulas gestionan la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, las Entidades Locales y las Organizaciones no Gubernamentales. La mejora en la coordinación de las distintas Administraciones Públicas permitirá detectar con toda precisión las situaciones de mayor vulnerabilidad evitando así situaciones de desprotección. El sistema permitirá a su vez detectar duplicidades garantizando la transparencia y la complementariedad de las prestaciones potenciando su eficacia. Por ello, el Presidente del Gobierno y los Presidentes de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, reunidos en la Conferencia de Presidentes de 17 de enero de 2017, ACUERDAN Crear en el plazo de tres meses un Grupo de Trabajo con participación de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas, las Ciudades con Estatuto de Autonomía y la Federación Española de Municipios y Provincias para el diseño y puesta en marcha de la tarjeta social, incorporando también las aportaciones del Tercer Sector de Acción Social. ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE LOS MECANISMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR VULNERABLE DE ENERGÍA ELECTRICA ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE LOS MECANISMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR VULNERABLE DE ENERGÍA ELÉCTRICA Conscientes del grave problema social que afecta a muchas personas en situación de vulnerabilidad frente al consumo de energía eléctrica, el Gobierno de la Nación ha aprobado una importante medida para paliar esta situación. El Real Decreto-Ley 7/2016, de 23 de diciembre, por el que se regula el mecanismo de financiación del coste del bono social y otras medidas de protección al consumidor vulnerable de energía eléctrica, ha abordado esta problemática desde la constatación de que es fundamental una estrecha colaboración entre el sistema eléctrico y los servicios sociales de las Comunidades Autónomas, las Ciudades con Estatuto de Autonomía, y las Entidades Locales. El objetivo de la nueva regulación es dotar de mayor sistematicidad a las actuaciones en materia de suspensión del suministro, asegurando que los servicios sociales puedan intervenir antes de que se interrumpa el suministro en hogares con necesidades severas. Además, se establece una cofinanciación de las empresas del sector eléctrico, que complementará los recursos económicos que las diferentes Administraciones Publicas ya destinan a esta materia. Por ello, el Presidente del Gobierno y los Presidentes de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, reunidos en la Conferencia de Presidentes de 17 de enero de 2017, ACUERDAN 1.- Garantizar la participación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía en el desarrollo reglamentario del Real Decreto-Ley 7/2016, de 23 de diciembre. 2.- El compromiso de las Administraciones Públicas para la implantación de las medidas previstas en dicho Real Decreto-Ley 7/2016, entre otras: a. Coordinar los mecanismos comunicación suficiente entre las Administraciones y las empresas del sector eléctrico que permitan identificar los consumidores vulnerables de mayor severidad, con la participación de los servicios sociales competentes, y gestionar de forma eficaz las medidas necesarias para asegurar el suministro. b. Identificar en el ámbito de cada Comunidad Autónoma o Ciudad con Estatuto de Autonomía los programas sociales existentes destinados a sufragar los suministros eléctricos de los consumidores vulnerables de mayor severidad, buscando la colaboración del sector eléctrico y de la Administración General del Estado. ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE LA SOSTENIBILIDAD DEL ESTADO DEL BIENESTAR Y LA REFORMA DE LA FINANCIACIÓN AUTONÓMICA ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE LA SOSTENIBILIDAD DEL ESTADO DEL BIENESTAR Y LA REFORMA DE LA FINANCIACIÓN AUTONÓMICA En los últimos cuarenta años España ha experimentado una importante transformación económica y social y uno de los hechos más relevantes es, sin duda, el desarrollo de un avanzado Estado del Bienestar. Por ello, en la sociedad española existe un amplio consenso sobre la necesidad de protegerlo como elemento vertebrador de nuestro modelo económico y social. Las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía son parte esencial para su sostenibilidad, ya que gran parte de su gestión está encaminada a la prestación de algunos de los servicios esenciales que integran el modelo del bienestar. Es, por lo tanto, oportuno dar un fuerte impulso al proceso de actualización del sistema de financiación autonómica para que, con la mayor objetividad, se adopte un acuerdo que garantice una financiación suficiente, de acuerdo con los principios de solidaridad, suficiencia, equidad, transparencia y corresponsabilidad fiscal. Por eso, sin perjuicio de las competencias para revisar y reformar el sistema de financiación atribuidas a los órganos previstos en la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas y en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, se considera necesario impulsar el proceso para que se pueda alcanzar un acuerdo sobre un nuevo sistema de financiación. Por ello, el Presidente del Gobierno y los Presidentes de Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, reunidos en la Conferencia de Presidentes de 17 de enero de 2017, ACUERDAN 1. Crear en el plazo máximo de un mes una “Comisión de Expertos”, integrada por los que se propongan por el Estado y uno por cada Comunidad Autónoma y cada Ciudad con Estatuto de Autonomía, que se constituirá y dará comienzo a sus trabajos de forma inmediata. 2. Encomendar a esta Comisión los análisis necesarios para la formulación posterior de un nuevo modelo de financiación autonómica que se fundamente en los principios de solidaridad, suficiencia, equidad, transparencia, corresponsabilidad fiscal y garantía de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos en función del coste efectivo de los mismos. Igualmente se abordará, de forma paralela, la reforma del sistema de financiación de las Entidades Locales, en colaboración con la Federación Española de Municipios y Provincias, sometiéndose la propuesta que resulte a su aprobación por la Comisión Nacional de Administración Local. 3. Dada la especial sensibilidad que generan los servicios vinculados a la dependencia dentro del marco del Estado del Bienestar, se analizarán los actuales mecanismos de financiación, en especial, los contenidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, para evaluar su adecuación a las necesidades de las prestaciones asociadas a la dependencia. Por este motivo, se constituirá una comisión en el plazo máximo de un mes para proceder al análisis de la situación del sistema de dependencia que determine la situación actual, su sostenibilidad, y la financiación por parte del Estado. Dada la especial importancia cualitativa y cuantitativa de las políticas de gasto sanitario dentro de las competencias autonómicas, el grupo de expertos actualizará las principales variables determinantes de su coste, evolución y su reflejo en el modelo propuesto. Asimismo ese Grupo analizará cómo se ejerce la corresponsabilidad fiscal en España. 4. Bajo la coordinación del Ministerio de Hacienda y Función Pública y con la base de dichos análisis desarrollará sus trabajos el Comité Técnico Permanente de Evaluación y, posteriormente, el consejo de Política Fiscal y Financiera, en los términos establecidos en la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de diciembre, por la que se regula el Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía. 5. El seguimiento de este acuerdo se encomienda al Consejo de Política Fiscal y Financiera, en el que participa también la AIREF, y que deberá intentar el máximo consenso en el año 2017. 6. Este acuerdo se trasladará a la Federación Española de Municipios y Provincias en cuanto afecta al sistema de financiación de las Entidades Locales. ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE EL DESARROLLO DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN LOS ASUNTOS DE LA UNIÓN EUROPEA ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE EL DESARROLLO DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN LOS ASUNTOS DE LA UNIÓN EUROPEA El proceso de participación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía en los asuntos de la Unión Europea se ha ido desarrollando de manera gradual, en paralelo con el propio proceso de integración europeo y el aumento de las competencias comunitarias. En este proceso, tuvo un papel fundamental la Ley 2/1997, de 13 de marzo, por la que se regula la Conferencia para Asuntos Relacionados con las Comunidades Europeas. Dicha Conferencia, posteriormente denominada Conferencia para Asuntos Relacionados con la Unión Europea, se constituye como órgano de cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas o Ciudades con Estatuto de Autonomía para articular adecuadamente la concurrencia de éstas en las cuestiones propias de su participación en los asuntos europeos. En particular, debe garantizar la participación efectiva de las Comunidades Autónomas o Ciudades con Estatuto de Autonomía en la fase de formación de la voluntad del Estado ante las instituciones comunitarias y en la ejecución del Derecho comunitario. Es en el marco de la Conferencia para Asuntos Relacionados por la Unión Europea, en el que se establecen, mediante los “Acuerdos de 9 de diciembre de 2004, sobre la Consejería para Asuntos Autonómicos en la Representación Permanente de España ante la Unión Europea y sobre la participación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía en los Grupos de trabajo del Consejo de la Unión Europea, y sobre el sistema de representación autonómica en las formaciones del Consejo de la Unión Europea”, las modalidades y mecanismos de participación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía en los asuntos europeos en aquellos ámbitos de su competencia. Estos Acuerdos se ampliaron posteriormente en 2009, 2010 y 2011 siempre de acuerdo con el principio competencial. Transcurridos veinte años desde la creación de la Conferencia para Asuntos Relacionados con la Unión Europea, procede examinar el funcionamiento de los mecanismos de participación establecidos con el fin de asegurar su eficacia, transparencia y agilidad en la transmisión de información y la toma de decisiones. Por ello, el Presidente del Gobierno y los Presidentes de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, reunidos en la Conferencia de Presidentes de 17 de enero de 2017, ACUERDAN La convocatoria, en el menor plazo posible y, en todo caso, en el primer trimestre de 2017, de la Conferencia para Asuntos Relacionados con la Unión Europea a fin de que proceda a examinar los siguientes asuntos: 1. Funcionamiento de la Conferencia para Asuntos Relacionados con la Unión Europea. En particular, la Conferencia abordará posibles modificaciones de su Reglamento interno para asegurar un grado suficiente de agilidad y flexibilidad en la toma de decisiones y actos de ejecución, en línea con el proyecto de Reglamento aprobado por la Comisión de Coordinadores en septiembre de 2014. 2. Evaluación del grado de cumplimiento de los Acuerdos de 9 de diciembre de 2004 y posteriores modificaciones, y del funcionamiento de los mecanismos de participación existentes, sobre la base de la evaluación llevada a cabo el pasado año por los Directores de las Oficinas de Representación Autonómica en Bruselas. En particular, se examinará el funcionamiento del sistema en los ámbitos de transmisión de información y documentos necesarios para cumplir adecuadamente el mandato de coordinación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía; Las designaciones de los representantes autonómicos en el Consejo de Ministros de la Unión Europea y los criterios a utilizar; y los mecanismos de coordinación entre las Comunidades Autónomas o Ciudades con Estatuto de Autonomía y el Estado en la definición y comunicación de la posición común. 3. Examen de posibles medidas para reforzar la dimensión europea en el marco de las discusiones de las distintas Conferencias Sectoriales. Para ello, y atendiendo al principio competencial, se buscará promover la participación de las Conferencias Sectoriales en la configuración de la posición española ante las instituciones comunitarias en aquellos asuntos en que concurran competencias de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía. Las Conferencias Sectoriales informarán regularmente a la Conferencia para Asuntos Relacionados con la Unión Europea de las discusiones de sus actividades en este ámbito, a través del establecimiento de un sistema de comunicación permanente. 4. Adicionalmente, la Conferencia explorará vías para reforzar, en el marco del Foro de Economía y Política Regional, la coordinación entre las Comunidades Autónomas o Ciudades con Estatuto de Autonomía y el Estado en los procesos de negociación y programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, así como en la gestión y ejecución de los mismos. Asimismo, ante la dramática situación que padecen miles de refugiados, agravada este invierno y los llamamientos de ayuda de distintas organizaciones, la Conferencia de Presidentes acuerda impulsar un Plan coordinado de ayuda de emergencia, a través de la Cooperación al Desarrollo de nuestras Administraciones Públicas. ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES, APROBADO EN LA IV REUNIÓN, CELEBRADA EL 14 DE DICIEMBRE DE 2009 ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES, APROBADO EN LA IV REUNIÓN, CELEBRADA EL 14 DE DICIEMBRE DE 2009 La constitución y celebración de la I Conferencia de Presidentes, el 28 de octubre de 2004, supuso un paso relevante en la organización territorial en España y en el sistema de cooperación entre el Gobierno de la Nación y las diferentes Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía. Transcurridos doce años desde su primera reunión, se hace necesario un nuevo impulso para dotar a la Conferencia de Presidentes de una institucionalización plena y para garantizar un funcionamiento operativo y una evaluación permanente de los acuerdos en ella adoptados. Con esta finalidad, y como consecuencia del debate planteado en el seno de la Conferencia de Presidentes, se considera necesaria la revisión del actual Reglamento con los objetivos y contenidos que se proponen. Por ello, el Presidente del Gobierno y los Presidentes de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, reunidos en la Conferencia de Presidentes de 17 de enero de 2017, ACUERDAN 1. Celebrar anualmente la Conferencia de Presidentes como órgano de máxima cooperación entre el Gobierno de la Nación y las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía. 2. Modificar su Reglamento de funcionamiento, adoptado en la IV Conferencia, celebrada el 14 de diciembre de 2009, para dotar al “Comité preparatorio”, además de las funciones de impulso y seguimiento, las de evaluación y ejecución de los acuerdos adoptados. Por ello, se procede a modificar el artículo 8 del vigente Reglamento, que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 8. Comité preparatorio, de impulso y seguimiento. 1. El Comité preparatorio, de impulso y seguimiento estará formado por el Ministro competente en materia de cooperación territorial, que lo coordinará, y un Consejero de cada Gobierno autonómico, designado por los respectivos Presidentes, sin perjuicio de la asistencia de otros Ministros, Consejeros o asesores cuando proceda. 2. El Comité preparatorio, de impulso y seguimiento se reunirá una vez al menos cada seis meses. 3. Corresponde al Comité preparatorio, de impulso y seguimiento: a) El examen previo de los asuntos que puedan incluirse en el orden del día de las sesiones de la Conferencia y la preparación de la documentación necesaria. En el caso de que el orden del día de la convocatoria de la Conferencia incluya algún asunto que no haya sido previamente tratado por el Comité, en cualquiera de los supuestos previstos en el apartado 3 del artículo 4, aquél se reunirá con antelación suficiente a la celebración de la correspondiente sesión de la Conferencia. b) La adopción de las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de los acuerdos y recomendaciones adoptados por la Conferencia de Presidentes. c) La coordinación de las actuaciones de las diferentes Conferencias Sectoriales, así como la adopción de las medidas necesarias para la correcta aplicación del título III de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, referido a las Relaciones interadministrativas. d) La elevación a la Conferencia de un informe anual sobre el estado de cumplimiento de sus acuerdos y recomendaciones. 4. Para asistir al Comité preparatorio, de impulso y seguimiento, y a sus miembros, habrá una Secretaría Permanente, adscrita al titular del Ministerio, que ejercerá las funciones de secretaría del Comité. 5. La convocatoria se realizara por el Ministro competente del Comité con una antelación mínima de 7 días naturales, salvo en el supuesto previsto en el párrafo a del apartado 3 de este artículo. 6. La Conferencia de Presidentes podrá encomendar también al Consejo de Política Fiscal y Financiera el seguimiento de los asuntos y acuerdos de naturaleza económica por ella adoptados”. Vo l ' A U ‘ . vw PRESIDENTES ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE EL PACTO CONTRA LA VIOLENCIA DE GENERO ACUERDO DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES SOBRE UN PACTO DE ESTADO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO La violencia de género es hoy una de las mayores lacras que vivimos como sociedad. El Congreso de los Diputados, por unanimidad el 15 de noviembre de 2016, acordó promover un Pacto de Estado en materia de violencia de género, a suscribir por el Gobierno de la nación, las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía y la Federación Española de Municipios y Provincias, recuperando el espíritu de consenso de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre. Por ello, el Presidente del Gobierno y los Presidentes de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, reunidos en la Conferencia de Presidentes de 17 de enero de 2017, ACUERDAN Encomendar al Gobierno de España la solicitud de la convocatoria de la Comisión General de las Comunidades Autónomas del Senado para celebrar un debate monográfico sobre la violencia de género que incorpore las aportaciones de las mismas a los trabajos del Pacto de Estado contra la violencia de género.