% l MAD RB D ASESORÍAJURÍDICA Nota de Servicio Interior FECHA: 24 de noviembre de 2016 DE: ASESORIA JURIDICA A: PRESIDENTE EN FUNCIONES DE MADRID DESTINO Asunto: Petición de informe. (204.16.1996). TEXT 0 En relación con la petición de informe remitido por el Presidente en Funciones de Madrid—Destino, me permito comunicar que según el art. 28.5 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y— de Régimen Especial de Madrid, para que los Letrados del Ayuntamiento de Madrid, puedan asumir el asesoramiento jurídico de una sociedad mercantil local es necesario que exista el oportuno convenio, circunstancia que no concurre entre el Ayuntamiento de Madrid y Madrid—Destino. Esa regulación jurídica es igual en la Comunidad de Madrid (ley 3/1999, de 30 de marzo) y en el Estado (Real Decreto nº 997/2003, de 25 de julio). Con independencia de lo anterior, debe significarse que buena parte de las cuestiones sobre las que se pide el informe se refieren a valoraciones económicas o a aspectos relativos al control del gasto y a la eficiencia de servicios. Todas esas cuestiones quedan fuera de los informes jurídicos a los que se refiere el art. 57 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid. A la vista de todo lo anterior no es posible informar a Madrid-Destino al tratarse de una empresa municipal con la" que no existe convenio. ' Un saludo: N (. :=". ¡ -'-'. !: PNJ ._.-” "l'-“:: C.- CD // ¿'I Fdo: Ángel Luis Ortiz González '. —13 :_- … EL DIRECTOR GENERAL DELA ASESORÍA JURÍDICA n.:r=; _._ . …_._.….…._…_.…__._ …)