CONOZCA SUS susDERECHOS Quienes son trabajadores del hogar (TdH)? Trabajadores del hogar son niñeras, proveedoras de cuidado de niños, asistentes de personas con discapacidades y/o personas mayores, personas que limpian casas, cocineros/as, jardineros/as, y otras personas que ofrecen servicios dentro de la casa del/la empleador/a. Trabajan en casas privadas, sea contratada directamente por su empleador/a o a través de una agencia de trabajo. Cuales leyes protegen trabajadores del hogar? Ambos leyes federales y los del estado proveen protección a trabajadores del hogar. Juntos, estos leyes proveen el salario mínimo y horas extras a trabajadores del hogar en California. Los leyes distinguen entre los tipos de trabajo y si el/la trabajador/a vive dentro o fuera de la casa de su empleador/a. Quienes son asistentes personales y acompañantes? Bajo el ley del estado, asistentes personales son personas que ocupan por lo menos 80% de su día de trabajo ofreciendo cuidado, apoyo directo, o supervisión a sus clientes, sean niños, personas de mayores, o personas con discapacidades. Bajo el ley federal, acompañantes proveen compañerismo y protección, como conversación, lectura, juegos, artesanía, y acompañando sus clientes a caminar, para ir a citas o eventos sociales. Asistencia con actividades de cuidado diario no puede exceder 20% de las horas totales de trabajo por semana. Todos/as trabajadores del hogar tiene el derecho al salario mínimo El salario mínimo en California en 2016 es $10 por hora. Muchos/as trabajadores del hogar trabajan en ciudades que han establecido salarios mínimos mayores que lo del estado. Por ejemplo:  San Francisco - $13.00/hora; A partir de 1 de julio de 2017, va a aumentar a $14.00  Oakland - $12.86/hora  Condado de Los Angeles - $10.50 a partir de 1 de julio de 2017. Todos/as trabajadores del hogar con pocos excepciones tiene el derecho a horas extras entre leyes federales y los del estado de California. Asistentes personales que viven fuera de la casa:  1.5 x la tarifa regular de pago por el trabajo después de 9 horas en un día y 40 horas en una semana. Asistentes personales que viven dentro de la casa y acompañantes, empleado/as privado/as: • 1.5 x la tarifa regular de pago por el trabajo después de 9 horas en un día y 45 horas en una semana. TdH que no son asistentes personales que viven fuera de la casa: • • • • 1.5 x la tarifa regular de pago por trabajo después de 8 horas en un día y/o 40 horas en una semana 2 x la tarifa regular de pago por trabajo después 12 horas en un día. mo 1.5 x la tarifa regular de pago por trabajo en las primeras 8 horas del 7 día consecutivo mo 2 x la tarifa regular de pago por trabajo después de 8 horas en el 7 día consecutivo TdH que no son asistentes personales que son empleados/as por una agencia: • • • 1.5 x la tarifa regular de pago por el trabajo después 9 horas en un día y/o 40 horas en una semana ta mo 1.5 x la tarifa regular de pago por el trabajo en las primeras 9 horas en el 6 y 7 día consecutivo ta mo 2 x la tarifa regular de pago por el trabajo después de 9 horas en el 6 y 7 día consecutivo Trabajadores del hogar que no son asistentes personales que son empleados/as privados/as:  1.5 x la tarifa regular de pago por el trabajo después de 9 horas en un día ta mo  1.5 x la tarifa regular de pago por el trabajo en las primeras 9 horas en el 6 y 7 día consecutivo ta mo  2 x la tarifa regular de pago por el trabajo después de 9 horas en el 6 y 7 día consecutivo Asistentes personales que proveen servicios por el Servicio de Apoyo Dentro de la Casa (IHSS) o el Departamento de Servicios de Desarrollo (DDS) y que no son acompañantes ni empleados/as privados/as que viven dentro la casa tienen derecho a 1.5 x la tarifa regular por trabajo después de 40 horas en una semana. Cual es mi “tarifa regular de pago”? La tarifa regular de pago es su salario por hora. Para trabajadores que reciben una tarifa fija diaria o un salario, la tarifa regular de pago esta diferente bajo el ley federal y bajo el ley estatal.  Bajo el ley de California, hay que dividir el salario por el total de horas regulares; no puede exceder 8 horas por día y 40 por semana  Bajo el ley federal, hay que dividir el salario por el numero total de horas trabajadas en un día o una semana.  Si recibe un salario mensual, multiplica el salario mensual por 12 (meses) y divide por 52 (semanas) para calcular el salario semanal  Si la tarifa regular de pago es inferior al salario mínimo, el salario mínimo será la tarifa regular de pago El derecho a tiempo para comer o descansar Todos/as los/as trabajadores del hogar con la excepción de asistentes personales tienen derecho a:  30 minutos de descanso para comer sin pago por un periodo de trabajo de mas de 5 horas; un segundo periodo para comer de 30 minutos si el periodo de trabajo es mas de 10 horas en un día. Un empleado que trabaja un total de 6 horas por día o menos puede renunciar al periodo para comer.  Un descanso pago de 10 minutos para los turnos de 3.5 a 6 horas. Un total de 20 minutos de descanso para los turnos de 6 hasta 10 horas, y un total de 30 minutos de descanso para turnos de 10 hasta 14 horas.  El empleador debe pagar una hora adicional de pago a la tarifa regular al empleado por cada día de trabajo que existe una violación de tiempo de descanso.  Trabajadores del hogar que no pueden salir del sitio de trabajo y/o no pueden dejar su clienta desatendido o solo/a, tienen derecho a pago por todas horas trabajadas, incluso horas de dormir.  Empleadores que provee alimentación y/o alojamiento a un/a trabajador/a podría deducir los costos del salario de el/la trabajador/a pero deberá haber un acuerdo escrito con el/la empleador/a y hay limitas estrictas de la cantidad de crédito que puede tomar. Todos/as inmigrantes tienen derechos independiente de estatus migratorio  Todos/as empleados/as están cubiertos/as por leyes básicas de horas y salarios independientemente de su estatus migratorio. Esto significa que si tiene o no tiene documentos para trabajar, tiene el derecho de reclamar los salarios que le deben y exigir sus derechos.  Si la policía o agentes de inmigración llegan a su casa o la casa de su empleador, no tiene que dejarles entrar a menos que tengan una orden judicial firmada por una juez. Pídale que le muestre la orden judicial. Una orden de remoción/deportación (“ICE warrant”) no les permite ingresar a una casa sin permiso.  Si lo paran, lo arrestan, o lo ponen en custodio de inmigración, no oponga resistencia. Diga que desea permanecer en silencio. Si le preguntan acerca de su estatus migratorio, no tiene que responder. Tiene derecho a un abogado, y la policía tiene que proveer uno. ICE no le dará un abogado, pero puede pedir una lista de proveedores de servicios de asesoría legal gratuitos o de bajo costo. Protecciones contra lesiones, acoso, y despido injusto Muchos/as trabajadores tiene el derecho a beneficios de compensación laboral que provee atención medica y indemnización por lesiones relacionada con el trabajo. Todos/as empleados/as están cubiertos/as por los leyes de acoso en el estado de california cuando son acosados/as sexualmente por sus empleadores o experimentan acoso por su raza, etnia, o religión. Es ilegal que un empleador le despida o amenace con despedirle por haber ejercido sus derechos laborales, como quejarse de violaciones del salario mínimo etc. El mantener de documentos y registros de horas trabajadas • Es importante que mantengan registros de horas trabajadas y pago recibido como prueba para recibir el pago correcto. • Si está experimentando acoso como un/a empleado/a, ¡Únete al movimiento para dignidad mantenga documentación de las detalles del incidente, en el hogar! Visita su organización incluso fechas, horas, ubicaciones, y que pasó. local de derechos laborales hoy. CADomesticWorkers @cadomesticworker @CADomesticWrkr Visita www.cadomesticworkers.org/resources para mas información!