SEGURTASUN SAILA DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Órgano administrativo que ha dictado la resolución: DIRECCIÓN DE RÉGIMEN JURÍDICO, SERVICIOS Y PROCESOS ELECTORALES. DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD. GOBIERNO VASCO. Procedimiento: Nº expediente: Acceso a la información pública 2017/000074 Título expediente: Información Pública sobre determinados extremos relativos Solicitante: FUNDACIÓN CIUDADANA CIVIO Dirección de contacto para la comunicación: miguel@civio.es Información pública solicitada: - Datos relativos a número de armas de la Ertzaintza extraviadas, perdidas, sustraídas o robadas, etc. cada año en la última década, situación de caso, como comisaría, localidad, provincia, tipo de arma, coste de reposición, etc. - ¿Es posible conocer también el inventario total de armas de la Ertzaintza? - Si existe algún tipo de sanción para estos supuestos, conocer el régimen sancionador para estos casos y, si fuera posible (y de forma anonimizada), el número de agentes sancionados y las sanciones apercibidas. - Si posibilidad de entregar esta información o su existencia, me gustaría saber si existen agentes que hayan sido sancionados en varias ocasiones por los motivos mencionados. Modalidad de acceso a la información: electrónica Órgano administrativo indicado como poseedor de la información: Dirección de la Ertzaintza. Persona física o jurídica que presta servicios públicos o ejerce potestades administrativas indicada como poseedora de la información: Director de la Ertzaintza HECHOS Nahi izanez gero, J0D0Z-T122A-EN22 bilagailua erabilita, dokumentu hau egiazkoa den ala ez jakin liteke egoitza elektroniko honetan: http://euskadi.eus/lokalizatzailea Donostia - San Sebastian, 1 – 01010 VITORIA-GASTEIZ La autenticidad de este documento puede ser contrastada mediante el localizador tef. 945 01 87 58 – Fax 945 01 87 53 – J0D0Z-T122A-EN22 en la sede electronica http://euskadi.eus/localizador Primero.-D. JACOBO ELOSUA TOME, en nombre de la FUNDACIÓN CIUDADANA CIVIO, con fecha de 2 de noviembre de 2017, ha presentado una solicitud de acceso a información dirigida al Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco en la que solicita recibir la información expresada más arriba. Segundo.- Examinada la presente solicitud en la Dirección de Régimen Jurídico, Servicios y Procesos Electorales, órgano competente para la tramitación y resolución de las solicitudes de acceso a la información pública que obran en poder del Departamento de Seguridad y su administración institucional, se concluye que el interesado está ejerciendo el derecho de acceso a la información pública a la ciudadanía regulado en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y que no concurren causas de inadmisión o denegación. RESUELVO Estimar la solicitud de acceso a la información pública presentada por JACOBO ELOSUA TOME transmitiéndole la información que ha proporcionado la Dirección de la Ertzaintza del Departamento de Seguridad que figura en el anexo a esta resolución. RECURSOS Contra la presente resolución se podrá interponer reclamación potestativa ante la Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública regulada por Decreto 128/2016 de 13 de septiembre, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución. En Vitoria-Gasteiz, Fdo.digitalmente: EUGENIO ARTETXE PALOMAR DIRECTOR DE RÉGIMEN JURÍDICO, SERVICIOSY PROCESOS ELECTORALES Donostia - San Sebastian, 1 – 01010 VITORIA-GASTEIZ Tef. 945 01 80 00 – Fax 945 01 87 49 INFORMAZIO PUBLIKOA ESKURATZEKO BIDEA EMATEKO EBAZPENAREN JAKINARAZPENA Ebazpena eman duen administrazio-organoa: ARAUBIDE JURIDIKOAREN, ZERBITZUEN ETA HAUTESKUNDE PROZESUEN ZUZENDARITZA. SEGURTASUN SAILA. EUSKO JAURLARITZA. Prozedura: Informazio publikoa eskuratzeko bidea Espediente zk.: 2017/000074 Espedientearen izenburua: Azken hamarkadan, Ertzaintzan urte bakoitzean galdutako, lapurtutako edo ostutako armen kopurua. Esatzailea: FUNDACIÓN CIUDADANA CIVIO Jakinarazpenetarako helbidea: miguel@civio.es Informazio publiko hau eskatu du: - Azken hamarkadan, Ertzaintzan urte bakoitzean galdutako, lapurtutako edo ostutako armen kopurua eta kasu bakoitzaren inguruabarrak, besteak beste, ertzain-etxea, herria, probintzia, arma mota, birjartze-kostua eta abar. - Ertzaintzaren arma guztien inbentarioa zein den ere jakiteko aukera dago? - Kasu haietarako zehapenik badagoen jakin nahi dut, baita zein zehapen-araudi aplikatzen zaien ere eta, ahal izanez gero (modu anonimizatuan), zenbat agentek jaso duten zehapena eta zenbatek ohartarazpena. - Arrazoi horiengatik zehapena behin baino gehiagotan jaso duen agenterik badagoen ere jakin nahi dut, baldin eta horrelakorik badago eta informazio hori ematerik badago. Informazioa eskuratzeko modalitatea: elektronikoa. Informazioaren jabe gisa agertzen den administrazio-organoa: Ertzaintzaren Zuzendaritza. Informazioaren jabe gisa agertzen den pertsona fisiko edo juridikoa, zerbitzu publikoa eman edo administrazio-ahalak gauzatzen dituena: Ertzaintzaren zuzendaria EGINTZAK Lehenengoa. - JACOBO ELOSUA TOME jaunak, FUNDACIÓN CIUDADANA CIVIOren izenean 2017ko azaroaren 2an, Eusko Jaurlaritzaren Segurtasun Sailari eskatu dio goian aipatzen den informazio publikoa jasotzea. Donostia - San Sebastian, 1 – 01010 VITORIA-GASTEIZ Tef. 945 01 80 00 – Fax 945 01 87 49 Bigarrena.- Eskabide hori Araubide Juridikoaren, Zerbitzuen eta Hauteskunde Prozesuen Zuzendaritzak aztertu du, organo horrexek baitauka Segurtasun Sailaren eta haren administrazio instituzionalaren esku dagoen informazio publikoa eskuratzeko eskabideak izapidetzeko eta ebazteko eskumena. Eskabidea aztertuta ondorioztatu da batetik, interesduna herritarrek informazio publikoa eskuratzeko daukaten eskubideaz baliatzen ari dela, abenduaren 9ko 19/2013 Legeak, gardentasunari, informazio publikoa eskuratzeko bideari eta gobernu onari buruzkoak, arautzen duen eskubideaz, hain zuzen; eta bestetik, ez onartzeko edo ukatzeko arrazoirik ez dagoela EBAZTEN DUT: JACOBO ELOSUA TOMEk aurkeztutako informazio publikora sartzeko eskabidea onestea eta informazio hori jakinaraztea ebazpen honi atxikitako eranskinean. ERREKURTSOAK Ebazpen honen aurka hautazko erreklamazioa aurkeztu ahal izango da irailaren 13ko 128/2016 Dekretuak arautzen duen Informazio Publikoaren Sarbiderako Euskal Batzordearen aurrean hilabeteko epean, ebazpen hau jakinarazi eta hurrengo egunetik kontatzen hasita; edo bestela, zuzenean administrazioarekiko auzi-errekurtsoa aurkez daiteke Euskal Autonomia Erkidegoko Auzitegi Nagusian, bi hilabeteko epean, ebazpen hau jakinarazi edo argitaratu eta hurrengo egunetik aurrera. Vitoria-Gasteiz, Digitalki izpta.: EUGENIO ARTETXE PALOMAR ARAUBIDE JURIDIKOAREN, ZERBITZUEN ETA HAUTESKUNDE PROZESUEN ZUZENDARIA Donostia - San Sebastian, 1 – 01010 VITORIA-GASTEIZ Tef. 945 01 80 00 – Fax 945 01 87 49 INFORMACIÓN SOLICITADA: a) Datos relativos a número de armas de la Ertzaintza extraviadas, perdidas, sustraídas o robadas, etc. cada año en la última década. Se contienen en el cuadro que figura en la respuesta al punto c), junto con la depuración de responsabilidades, en su caso. b) Inventario total de armas de la Ertzaintza. Escopet a Fusil Lanzador Pist ola Revolver Rifle Subfusil Tot al 1673 38 370 10048 62 52 257 12500 Armas reglamentarias 12000 10000 10048 8000 6000 4000 2000 1673 0 Escopet a  38 Fusil 370 Lanzador Pist ola 62 Revolver 52 Rifle 257 Subfusil Incluidas las armas asignadas para práct icas de alumnos/ alumnas en la Academia. Donostia - San Sebastian, 1 – 01010 VITORIA-GASTEIZ Tef. 945 01 80 00 – Fax 945 01 87 49 c) Previsiones del régimen sancionador para estos casos y, si fuera posible (y de forma anonimizada), el número de agentes sancionados y las sanciones apercibidas. Posibles reincidencias. Las conductas sobre las que se pide información, en lo que a las armas reglamentarias se refiere, son sancionables en base al Decreto 170/94, por el que se establece el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Cuerpos de Policía del País Vasco (RRD). En concreto, los artículos aplicables serían los siguientes: - - - Art. 8.9 RRD (Falta Muy Grave): “La pérdida o sustracción por negligencia inexcusable de armas”. Sanciones aplicables a la falta muy grave: separación del servicio o suspensión de funciones de dos años y un día a cuatro años. Art. 9.5 RRD (Falta Grave): “No ir provisto en los actos de servicio de uniforme reglamentario, cuando su uso sea preceptivo, de los distintivos de la categoría o cargo, del arma reglamentaria o de los medios de protección o acción que se determinen siempre que no medie autorización en contrario, así como dar lugar a su extravío, pérdida o sustracción por negligencia inexcusable, salvo en el caso de las armas, que constituirá falta muy grave. Se cometerá también esta falta cuando el extravío, pérdida o sustracción de estas últimas haya tenido lugar por negligencia simple”. Sanciones aplicables a la falta grave: traslado o suspensión de funciones de cinco días a dos años. El Servicio de Asuntos Internos ha investigado e instruido diversos procedimientos disciplinarios por la comisión de ambas faltas disciplinarias, varios de los cuales se hallan cancelados. Aunque se dispone de información sobre las conductas -extraídos de una base informática mantenida de finalidad meramente estadística-, no existen registros de sus autores. Por lo tanto, no es posible concretar si algún sancionado ha sido reincidente en tal conducta. Salvo una de las conductas, acaecida en 2015, todas han sido consideradas, hasta la fecha, como cometidas por negligencia simple y, por consiguiente, constitutivas de faltas graves del artículo 9.5 RRD. Para valorar las sanciones, se atiende a elementos como las circunstancias en las que tiene lugar la conducta, si el arma es recuperada, si ha sufrido daños, etc. Las sanciones impuestas por las causas expresadas en la última década son las que se contienen en el siguiente cuadro: Donostia - San Sebastian, 1 – 01010 VITORIA-GASTEIZ Tef. 945 01 80 00 – Fax 945 01 87 49 AÑO 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 HECHOS/ SANCIÓN No consta ningún expediente disciplinario por estos hechos. 1.- 20 días de suspensión de funciones por dejar olvidada en un establecimiento hostelero en Azkoitia su arma corta reglamentaria, la cual fue recuperada a los pocos minutos tras entregarla un cliente. 1.- 10 días de suspensión de funciones por dejar olvidada en un establecimiento hostelero en Getxo una riñonera, donde portaba su arma corta reglamentaria, regresando a los pocos minutos y recuperándola (sin embargo, el propietario había dado aviso a la Ertzaintza). 2.- 10 días de suspensión de funciones por dejar olvidada en un establecimiento hostelero en Bakio una riñonera, donde portaba su arma corta reglamentaria, regresando a los pocos minutos y recuperándola (aunque, para entonces ya había llegado una patrulla de la Ertzaintza en respuesta a la llamada del propietario del local). 3.- 10 días de suspensión de funciones por dejar olvidada en un establecimiento hostelero en Irún una riñonera, donde portaba su arma corta reglamentaria, regresando seguidamente y no localizándola. Posteriormente, un particular la localiza entre unos arbustos y avisa a la Ertzaintza, que la recupera. 1.- 7 días de suspensión de funciones por olvidar la escopeta reglamentaria sobre el techo del vehículo patrulla, no siendo consciente de ello hasta que, durante el servicio, un policía municipal les avisa de ello. El arma permaneció en todo momento sobre el techo del vehículo. 2.- 5 días de suspensión de funciones por dejar la escopeta reglamentaria sobre el techo del vehículo patrulla, de donde se cae durante el servicio, localizándola, rota, un ciudadano. No consta ningún expediente disciplinario por estos hechos. No consta ningún expediente disciplinario por estos hechos. 1.- 10 días de suspensión de funciones por olvidar su arma corta reglamentaria en los servicios de un establecimiento al que había acudido mientras realizaban un operativo de seguimiento. La localiza un particular y la devuelve. No consta ningún expediente disciplinario por estos hechos. 1.- 2 años y un día de suspensión de funciones (Falta Muy Grave) por portar el arma corta reglamentaria fuera de servicio y, en estado de embriaguez, tras efectuar un disparo al aire, arrojarla entre unos contenedores y dejarla allí. La recoge un operario del servicio de limpieza, que la entrega a la Ertzaintza. 2.- 5 días de suspensión de funciones por dejar la escopeta reglamentaria sobre el techo del coche patrulla al inicio del turno y caer de allí al salir. La encuentran y la devuelven sin daños. 3.-15 días por dejarse olvidada, durante el servicio, el arma corta reglamentaria en un compartimento tras el asiento del copiloto del vehículo oficial sin distintivos. El agente inicia un periodo de incapacidad temporal y, semanas después, la localiza casualmente un compañero. 1.- Falta leve prescrita. Sustraen la riñonera de un compañero, con el arma corta reglamentaria en su interior, de una furgoneta oficial que estaba bajo su custodia en la cual se había depositado material durante la realización de unos ejercicios de prácticas. No aparece el arma. .- En trámite. Se olvida la escopeta reglamentaria sobre el vehículo patrulla, de donde cae al salir de comisaría (Durango). La encuentra un particular y la devuelve sin daños. Donostia - San Sebastian, 1 – 01010 VITORIA-GASTEIZ Tef. 945 01 80 00 – Fax 945 01 87 49