SJ2014CV00063 12/09/2018 11:11:10 a.m. Página 1 de 1 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN JUAN FELIX TRINIDAD GARCIA CIVIL NUM. SJ2014CV00063 Demandante SALA:904 V. POPULAR SECURITIES, LLC.; POPULAR SECURITIES, INC.; POPULAR, INC./BANCO POPULAR DE PUERTO RICO SOBRE: INJUNCTION Demandados ORDEN El 19 de marzo del 2018, emitimos Orden y Resoluci6n en la cual Ordenamos a la parte demandada que en el termino final de 5 dias: 1. Proceda a realizar el pago a la parte demandante Juan Felix Trinidad Garcia la diferencia entre la suma pagada y la acordada de $63,550 mensuales, dejada de pagar a partir de noviembre 2015 y poner al corriente el pago de las hipotecas. 2. Realice el ajuste de la tasa de interes sabre la linea de credito al 3% retroactivo a la fecha en que el BPPR inici6 su incremento, y la devoluci6n de las partidas pagadas en exceso. El pasado dia 20 de agosto de 2018, el Tribunal de Apelaciones, mediante Resoluci6n en el caso KLCE201800600, deneg6 la expedici6n del auto de Certioraripresentado por la demandada, Al dia de hoy, la parte demandada se ha cruzado de brazos incumpliendo nuestra orden. La suma que la parte demandada le adeuda al demandante, Sr. Juan Felix Trinidad Garcia, al 19 .de septiembre de 2018 asciende a $2,002,161.60. En vista a lo anterior, se le ordena a dicha parte a que, en el termino final de 24 ho:r;as, proceda a consignar la suma de $2,002,161.60 dolares en la Unidad de Cuentas de este Tribunal. Se advierte a la demandada que, de no cumplir con esta Orden en el termino establecido, procederemos a ordenar el embargo de los fondos y valores pertenecientes al Banco Popular de Puerto Rico/Popular, Inc., Popular Securities, LLC., y/o Popular Securities, Inc. NOTIFIQUESE, En Sanjuan, Puerto Rico, a 12 de septiembre de 2018. f/ ANTHONY CUEVAS RAMOS JUEZ SUPERIOR