Superintendencia del Medio Ambiente Patricio Leyton Florez, abogado, C?dula Nacional de Identidad actuando en nombre representacion de la CORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION (CORFO), Organismo de la Administracion descentralizada del Estado, RUT ambos domiciliados para estos efectos en Orinoco 90, piso 16, Las Condes, en procedimiento administrative sancionatorio r01 seguido en contra de SQM Salar 8A., respetuosarnente digo: Que, en virtud de lo dispuesto en los ar?culos 17 letra f) 21 de la Ley que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Organos de la Administracion del Estado de lo resuelto por la Superintendencia del Medio Ambiente en la Resolucion N?8/Rol de 22 de marzo de 2017, que otorgo e1 caracter de interesado a mi representada en el citado procedimiento sancionatorio; de la Resoluci?n N?10/Rol que rechazo e1 recurso de reposici?n presentado por SQM Salar SA. en contra de la Resolucion No8; vengo en hacer presente las siguientes alegaciones en relacion a1 Programa de Cumplimjento Refundido presentado por SQM, con fecha 18 de octubre de 2017, a {in de que ?stas se tengan en consideracion a la hora de resolver acerca de ?ste. En sintesis, como expondremos en extenso a lo largo de esta presentacion, el Refundido presentado pot SQM no cumple con los requisitos establecidos en el D.S. de 2013, del Ministerio de Medio Ambiente, que Aprueba e1 Reglamento sobre Programas dc Cumplimiento, Autodenuncia Planes de Reparacion (?Reglamento?), para su aprobaci?n. Lo anterior, dado que el Refundido no ha subsanado muchos de los defectos que tenia el original, no satisfaciendo los requerirnientos formulados por la SIVIA en su Resolucion R01 incumpliendo, de esta manera, Io dispuesto en los articulos 7 9 del referido Reglamento, toda vez que carece del contenido rninimo falta a los criterios que deben reunirse para la aprobacion de un En razon de ello, solicitamos se consideren nuestras observaciones a ?n de que se modi?que perfeccione 1a propuesta de de SQM se presente un nuevo Refundido que incorpore los elementos que a continuacion plantearemos. I. CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE EL PDC REFUNDIDO La SMA, en su Resolucion formqu una serie de observaciones en relaci?n a1 original presentado por SQM para cada uno de los cargos. En dicha resolucion expuso e1 principal defecto de gue adolecia aquella presentacion, a saber, la insu?ciente descripcion de efectos producto de los hechos infraccionales irnputados. Esta falencia, corno veremos en lo sucesivo, se repite en algnos de los aspectos del Refundido. De momento, cabe tenet presentes Ias implicancias que esta situacion conlleva. El Reglamento establece en su articqu 7 cl contenido minimo que debe tenet un Particularmente, las letras a) b) contemplan: ?Am?czz/o 7 .- Contem'do. d3 camp/{mimic a! menax, X0 ngm'ente: a) d3 [05 bet/905, acre; 1: 01712350126; gm camz?z?tzg'en la z'izfma?z'dn er: gm be: z'nczm'z'do, axz? coma de 5215 data. Plan de gammy )1 meta: gaze imp/emem?ardn para Mirab/z'r mt?sj?zcz?m'ammte can [a #077720;in ambie?ta/ qua ye indique, inc/zngde la: medz'das adqbiadwpam redm?z'r a glimmer Z05 etec?tox negaz?z'zzoa? generado: Qor 3/ Como puede apreciarse, ambos literales hacen menci?n expresa a los posibles efectos ocasionados por la infracci?n, siendo relevante su descripci?n a objeto de definir ur1 plan de acciones que contemple medidas dj?gidas a reducirlos eliminarlos, todo lo cual no se puede lograr con 103 datos presentados en el Refundido de SQM. A su vez, el propio Reglamento establece, en el articulo 9, 105 criterios necesarios para la aprobaci?n de un ?Arz?z'mlo 9.- Criteriax de @robacz'd?. L12 Swen'?twdem?ia para @robar 3m de deberd gramme a [03 nguierzrex m?z?erz'ox: a) I?leg?dad? Lax gamma} meta: debm harem? 6ng de today} Edda ma d3 Id; madam; en que :6 ba inmm'do :2 de m; e?m?os. b) E?ma'a: Lax gammy} meta deben e/ cump/z'mz'mto de la normaz?z'm itfn'ngz'da, (252? 607720 contezzer reducir 0 eZz?mimr [01? gj??cz?oi (13 f0; bet/90; gm mmtz'rgveiz [a La: amioney meta: dc! programa de 5112753577228}:th debm contemp/ar mec'anijma: qua pemzz'taiz ac?reditm? cump/imie?to. En m'xgzin cam 5.9 qubam?n de cambiz'mz'mto par media d3 Z0: male: 3! infrm?tor intente eludz'r mgbomabi/z'dad, quwc/mm? de iigfmm'o'?. a 521m, gm Jean ma?g?fz?e?a?zente dilate 72'05. Al respecto, cabe se?alar que la insu?ciente fundamentaci?n acerca de la ausencia de efectos por parte de SQM hace que el Refundido no sea integro, en tanto no es posible determinar que ?ste contenga acciones metas dirigidas a hacerse cargo de todos 61.105, lo que hace cuestionable tambi?n su e?cacia. Frente a esta incertidumbre es necesario que el adopte un enfoque precautorio, estableciendo medidas que minimicen e1 riesgo de genera: impactos adversos sobre los componentes ambientales objeto de protecci?n. II. BREVE REFERENCIA A LOS ANTECEDENTES EXPUESTOS EN EL PRESENTE PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO SU SUFICIENCIA Las de?ciencias que presenm el Refundido, que implican que ?ste no cumpla con los criterios con el contenido minimo requerido para 511 aprobaci?n, se ven reflejadas en cada uno de 105 cargos formulados por la SMA. En efecto, tal como explic? la SMA en su Resoluci?n ?por la que hjzo observaciones a1 original?, exists una estrecha vinculacic'm entre 105 cargos No1 6, toda vez que respecto del primero, referido a la extracci?n de salmuera por sobre 10 autorizado, SQM pretendi? en su original descartar 1a generacion dc efectos nega?vos en base a la a?rmaci?n de que no se habrian superado los niveles cstablecidos para la activacion de la Fase II del Plan de Contingencias, en circunstancias que la propia empresa modi?co unilaterahnente los umbrales establecidos en ?ste, lo que constiruye precisamente e1 cargo A su vez, respecto de este ?ltimo cargo, informo que las variables monitoreadas en el marco del Plan de Seguimiento darian cuenta de la mantencion de las condiciones de funcionamiento natural de los sistemas objeto de proteccion, pese a quc dicho seguimicnto estaba determinado en cuanto a su frecuencia por las variaciones del Plan de Contingencias que SQM modi?co. En este sentido, el cargo por si solo, implico que la no activacion del Plan de Contingencias no sea un argumento valido para sostener la no generacion dc efcctos, en tanto los nivcles quc fueron evaluaclos quedaron plasmados en la Resolucion dc Cali?cacion Ambiental no son los misrnos que aquellos con los que SQM ha operado que pretende ahora utilizar para 311 defensa. De esta manera, la informacion proporcionada por SQM, basada precisamentc en aquello, fue insu?ciente para acreditar 1a ausencia de efectos. Concordante con ello, la SMA solicito acompa?ar antecedentes t?cnicos que justi?caran tal ausencia. Para cstos cfectos, en su Refundido, SQM presento una serie de documentos que, en general, tienden a acreditar que no se habrian superado los niveles requeridos para activar la Fase 11 del Plan de Contingencias, se?alando que dado que ?ste ?19de dz'xe?ado para ale?'ar a! impacts I20 dc fa extram'drz mmp/z'mdo [a rag/a operaa'aim/ . can mayor mad?! cath zien?car for qf?cz?or del mum/mama dc cilia/3a reg/a z'ndicadorex?. Aquellos documentos, como se vera, aim no son su?cientes para acreditar que no se produjeron efectos producto de la infraccion. Esto. por cuanto. mas alla del argumento meramente formal p_lantcado por SQM hasta ahora. seria necesario contar con antecedentes directos gue dieran cuenta del mantenimiento de las condiciones historicas dc comportamiento de los sistemas sensibles desde los inicios de la operacion del proyecto 3: hasta 1a actualidad. La ausencia dc estos antecedentes, desde un enfogue 1precautono, jus??ca 1a adopcion de medidas restrictivas dc extraccion. Esto tiltimo. es incluso mas necesario dados los nuevos conocimientos entregados en la cuarta actualizacion del modelo hidrogeologico, guc da cuenta de una conexion entre el n?cleo del Salar de Atacama las lagunas. que siembra incertidumbre en torno a los datos emanados de los Planes de Contingencia contemplados en la RCA. Lo dicho es producto de que el modelo hidrogeologico sobre el cual se ciment? la evaluacion ambiental del proyecto planteo que existiria una separacion entre el sector del n?cleo del Salar dc Atacama el agua subterranea dulce adyacente, en virtud de lo cual la extraccion desde on area no generaria efectos en la otra; aseveraciones que fueron descartadas a partir de la ?ltima actualizacion del modelo hidrogeologico presentado por la propia empresa, que se?alo la existencia de una conexion entre ambos scctorcs. Por otra parte, resultan relevantes a este respecto los antecedentes aportados por el estudio hidrogcol?gico de toda la cuenca del Salar de Atacama realizado por el Comit? dc Mineria No Metalica dc Gobernanza dc Salarcs ?que se acompa?an a esta presentacion-. Este estudio, que esta siendo discutido con expertos independientes las cmpresas se puso en conocimiento de la Direccion General de Aguas sefiala la existencia de un desequilibrio en la 1 RCA que cali?c? amblentalmente favorable el proyecto ?Cambios meloras de la operaci?n minera en el Salar de Atacama?. extraccion de agua cruda salrnuera del Salar. Esto signi?ca que la recarga estimada seria inferior a la evaporacion natural el uso consuntivo en actividades productivas mineras agricolas. Aun cuando esta es informacion reciente no es posible responsabilizat a una sola empresa por este desbalance, es necesario adoptar un enfoque preventivo evitar seguir aumentando eI eventual d??cit, que en un horizonte de largo plazo podria tener impacto en los objetos de proteccion. En el marco de este proceso sancionatorio, lo dicho deberia materializarse mediante una restriccion a la extraccion. Por su parte, respecto del cargo N02, consistente en la afectacion progresiva del estado de vitalidad de los algarrobos, SQM propuso en su original la reduccion de los niveles de extraccion de agua desde el pozo Camar 2, comenzando desde el 50% para eventualmente Hagar hasta el 100% en caso de ser necesario. Al respecto, la SMA, en su Resolucion ?12, tras dar cuenta de la improcedencia de una accion que parta de la base del ensayo error, ordeno que toda propuesta de reduccion de extraccion deberia contar con sustento t?cnico que permita validarla justi?carla, agregando que en ning?n caso puede irnplicar un incremento a la afectacion de los algarrobos. En respuesta a 6110, SQM reemplazo la accion en cuestion, proponiendo ahora la total suspension de la extraccion de la operacion del pozo Camar 2 hasta la obtencion de una nueva resolucion de cali?cacion ambiental que de?na las condiciones de operacion de ?ste. Ademas, acompa?o una serie de estudios, realizados en el tiempo intermedio entre la presentacion del original la Resolucion por medio de los cuales se busca dar cuenta de otras posibles causas de la afectacion del estado de Vitalidad de los algarrobos, proponiendo acciones frente 3 6112.3. Si bien se considera apropiada la medida de paralizar la extraccion del agua por SQM desde el pozo Camar 2, SOM debiese comprometerse a entregar antecedentes adecuados que demuestren la pertinencia de la paralizacion de la extraccion solo desde este pozo como accion para enfrentar el efecto idenn?cado sobre los algarrobos, en relacion con la incidencia de la extraccion. mas a?n dado el nuevo escenario de conexion entre e1 micleo las lagunas. De lo contrario, no hay certeza de Que 1a continuidad de la extraccion desde los demas sitios no vaya a incidir en el estado de los algarrobos. Por otra parte, respecto de las infracciones n?meros 3 5, relativas, respectivamente, a la entrega de informacion incompleta a la falta de analisis de registros, SQM, en su original, descarto de plano que se hubiesen generado efectos a consecuencia de ambas infracciones, se?alando que por su naturaleza no serian suscepiibles de generarlos. La SMA, sobre este punto, fue enfatica en se?alar que dicha afirmacion es incorrecta, en tanto las obligaciones de seguirniento si pueden conJlevar efectos sobre el medio ambiente, en la medida en que su incumplimiento puede impedir alcanzar el objetivo ambiental perseguido. En efecto, e1 seguimiento cle una variable permite analizar su comportamiento y, a pariir de e110, adoptar acciones en caso de ser necesario; reaccion que seria imposible si no Se contara con la informacion oportuna. Debido a lo anterior, 1a SMA exigio justi?car adecuadamente la ocurrencia no de eventuales efectos. En respuesta a lo anterior, respecto del cargo e1 Refundido de SQM presento una bateria de antecedentes a objeto de veri?car la concurrencia no de los potenciales efectos, dentro de los cuales se cuenta 1a informacion de niveles de indicadores de estado del Plan de Contingencias la informacion del caudal de extraccion mensual, basandose de esta forma nuevamente en la estructura del Plan de Contingencias su sistema de alerta temprana, los que, como hemos explicado, no son su?cientes, requiri?ndose en cambio antecedentes directos sobre el comportamiento de los objetos de proteccion. Si bien dentro de la informacion que se encontraba incompleta estaba la extraccion de agua dulce los niveles de pozos, informacion que efectivamente podria completarse con los antecedentes obtenidos del segujnnento ambiental que en este Refundido acompa?a SQM, tales antecedentes no bastan para asegurar que no se haya producido efecto alguno sobre los distintos componentes ambientales. A an turno, sin perjuicio de lo anteriormente dicho, a objeto de evaluar los potenciales efectos por la falta de informaci?n relativa a formaciones vegetacionales, SQM presento informaci?n extraida del plan de seguirniento que mostraria la cobertura vitalidad de formaciones vegetacionales, concluyendo que la coberrura vegetal ha mantenido su comportamiento natural durante todo el periodo de la infraccion, por lo que descarta 1a generacion de efectos producto de este cargo. Estos antecedentes, conforme explicaremos en detalle en el acapite siguiente, no son su?cientes desde Ia perspectiva t?cnica para arribar a la conclusion rranscrita. Bajo los actuales estandares cienti?cos, gue, desde luego, son superiores a los vigentes a la ?poca de evaluacion del proyecto de SQM dictacion de su RCA a?o 2006?. existe una serie de carencias en los estudios presentados que no permiten dar cuenta con certeza de la ausencia de efectos. Pero. ademas._el analisis entregado no cumple con los t?rminos conforme a los cuales debe realizarse e1 seguimiento de la vegetacion conforme a la RCA del progecto seg?n se explicara posterior-meme, en el punto 4.1. En tanto, respecto del cargo SQM se?alo que aun cuando no se realizo oportunamente el analisis requerido, se cuenta con la informacion necesaria para ello, de todo el periodo dc ejecucion del proyecto. Esta informacion mostraria que los indicadores del estado de la ?ora la vegetacion no evidencian alteraciones producto del aumento en la salinidad alcalinjdad del suelo. Para acreditar ello, presento 3 estudios de especialistas, dirigidos a analizar la correlacion entre tales aumentos el estado de la vegetaci?n, asi como a explicar que habrian sido cambios metodologicos en las mediciones lo que habria re?ejado un aumento en el pH la salinidad. Estos estudios adoleCen de defectos t?cnjcos que impiden saber si la omision en los analisis requeridos pudo haber redundado en un impedimento para la autoridad en la deteccion temprana de efectos ambientales con ello en la implementaci?n cle acciones en funcion de los resultados que entregara la empresa. principalrnente_por la insu?ciencia del mero analisis de correlacion de variables realizado. que no permite demostrar 1a relacion Lefecto?gue tendrian saljnidad pH sobre la vegetaci?n flora? como se explicara en detalle posteriormente. Por ?ltimo, respecto del cargo relativo a la falta de un plan de contingencias para el Sistema Peine quc cumpla con las caracteristicas requeridas para los demas sistemas seg?n 1a RCA, SQM originalmente indico que no se habrian producido efectos negativos derivados de su pues las variables monitoreadas en el marco del Plan de Seguirniento mostrarian e1 mantenirniento de las condiciones de funcionamiento natural del sistema. Sobre ello, Ia indico que el informe presentado por SQM omitia el analisis del comportamiento del nivel freatico, aspecto de surna relevancia para efectos de descartar alg?n efecto, por cuanto al faltar plan de contingencias requerido, no se pudo contar con la herrarnienta que contemplaba la RCA para garantizar e1 funcionarniento del Sistema Peine, lo que podria haber derivado en un efecto negativo, a1 impedirse 1a adopcion de acciones inmediatas frente a un comportamiento anormal del sistema, que se veria re?ejado primeramente en una variacion de los niveles de las napas freaticas. De esta manera, era imprescindible complementar los antecedentes presentados. En respuesta a lo anterior, SQM presento informacion sobre el segr?miento historico de los niveles dc acuifero en el Sistema Paine, sobre el funcionamiento hidrogeologico de la cuenca del Salar de Atacama sobre el comportamiento de la fauna biota acuatica del Sisterna Lacustte Paine. Respecto de estos antecedentes, no obstante. cabe hacer presente que no coinciden con 10 se?alado en la propia RCA wecto a la forma de realizacion del seguimiento. conforme se explicara Estenormente. a la vez que tampoco ?rmnen evaluar eventuales desviaciones rewcto del comportamjento natural del Sistema Lacustre de Paine. como seria reguerido. A continuacion, se revisara en detalle la informacion presentada respecto de cada uno de los cargos las acciones propuestas, analjzandose su su?ciencia haciendo presente eventuales catencias defectos. ANALISIS DEL PDC REFUNDIDO POR INFRACCION 1. Hecho infraccional ?Extracci?n de salmuera por sobre lo autorizado seg?n se expone en el Considerando N027, dutante e1 periodo entre agosto 2013 agosto 2015.? 1.1. Existencia de efcctos nggativos asociados a la infraccion: Como adelantaramos, en su original SQM pretendio descartar la generation de efectos negativos on base a la no superacion de los umbrales que determinan 1a activacion de la Fase II (161 Plan de Contingencias. Este argumento, basado netamente en el Plan de Contingencias en la forma en que fue previsto en la RCA seg?n el cual e1 dise?o de este plan en dos fases, precisamente, cautelaba la protecci?n de los sistemas sensibles adelantandose a la generacion de efectos?, omite el hecho de que otta de las infracciones cometidas por la empresa consistio en la modi?cacion de los umbrales de activacion para el Plan de Contingencias sin auto?zacion. Este cambio unilateral implica que no basten las conclusiones que se sustenten ?nicamente en el funcionamiento de este plan. En el Refundido. en respuesta a sirnjlares observaciones efectuadas por la SMAL 1a empresa simplemente mantuvo su arggmento basal, a saber, gue la Fase II del Plan de Contingencias no se habria activado. respaldandola 1_nor una serie de antecedentes que supuestarnente avalan'an lo anterior. Respecto de 6110, es relevante enfatizar Que no son su?cientes para demostrar gue no se generaron efectos negativos a consecuencia de la sobre extraccion. siendo imperativo _para este objeto la presentacion de pruebas directas que demuestren que los objetos de proteccion Dermanecieron. durante todo el periodo 01$: duro la infraccion, en similares condiciones a sus reg'sttos historicos, sin alterarse las condiciones de funcionarniento natural del sistema. Distinto de lo que ha presentado hasta ahora SQM, la forma de asegurar la ausencia de efectos negativos, que estaria dada por el comportamiento del acuifero en niveles hist?ricos, consiste en demostrar que ?ste contin?a en una tendencia representativa de la condicion sin explotacion, con independencia de los parametros del Plan de Contingencias. En este sentido. SQM debiese demostrar, a partir de los resultados de los monitoreos directos a los objetos sensibles. que no ha habido ?uctuaciones fuera de la tendencia historica y. en el evento de haberse produeido. explicar fehaeientemente a qu? se deben. En este ?ltimo supuesto, debiese entregarse antecedentes respecto de la relaci?n entre precipitacion extraecion versus las variables de respuesta de la cobertura de vegetacion el perirnetro de la super?cie lacustre, incluyendo como control comparaciones con zonas que se encuentren fuera del efecto poteneial de la extraccion de salmuera agua dulce. S?lo asi se podria identificar una eventual relacion causal entre estos factores variables, asi como obtener una evaluacion cuantitativa objetiva de la presencia no de efectos de la extraccion en los ecosistemas. Ahora bien, e1 analisis deta?ado de la informacion que fue presentada por SQM en este Refundido, permite notar, de igual modo, la insu?ciencia de ?sta para descartar los efectos negativos que pudieran haberse producido a consecuencia de la sobre extraccion. Ejemplo de lo anterior es el Ap?ndice 1.2 del Refundido, en que se aborda e1 estado de diversos componentes. Desde el punto de vista hidrogeologico, de la informacion presentada se observa un descenso sostenido de los niveles maximos medidos en el periodo que va entre los a?os 2000 20164 pudiendo notarse un descenso total entre el a?o 2000 el a?o 2015 de unos 0.25 m. Este descenso sostenido determina la necesidad de que SQM entregge informacion que explique aclare dicha cireunstancia. Adicionalmente, en relacion con este cargo SQM entrego antecedentes sobre la evolucion de las variables ambientales objeto de proteccion, entre los que se encuentran ?ora vegetaeion, fauna biota acuatica; a partir de los cuales se habria evaluado si durante e1 periodo de infraccion se mantlwieron las condiciones historicas naturales de los sistemas. La conclusion a one se arribo fue que no se aprecian desviaciones respecto de los rangos de comportamiento historieo de las respectivas variables objeto de seguirniento ambiental, de los Sistemas 301mg Aguas de Quelana Vegetacion Borde Este. Sin embargo. la forma en que la informacion es presentada no per-mite despejar toda duda acerca de si hubo no efectos. pues solarnente ilustro de manera cualitativa. mediante gra?cos tablas. la informacion recopilada en el p_eriodo 2006 - 2016L sin aeompa?ar un analisis estadistico gue__permitiese poner a prueba eventuales diferencias signi?cativas entre el periodo de la infraccion (2013-2015) 3; e1 comportamiento historico. En este sentido, una forma objetiva de determinar la auseneia de efectos seria una puesta a prueba de una hipotesis estadistiea nula de ausencia de efecto en parametros estadisticos relevantes, corno abundaneia, proportion, riqueza diversidad. De ahj que el informe presentado, que carece de esta prueba otra similar, no perrnite corroborar adecuadamente 1a conclusion de ausencia de efectos. E1 ?nico componente biotico que ?ustra alg?n tipo de prueba de hipotesis es el componente de biota acuatica. Sin embargo, esta no contrasta e1 periodo de la infraceion con el periodo de referencia. Con el ?n de evaluar e1 grado de evidencia disponible, se realizo un analisis exploratorio de los datos reportados en las Figuras 6 8 del Ap?ndice 1.2 del Anexo 1 del Refundido. Para ello, se digitalizo la informacion contenida en las figuras se realizo una comparacion del valor promedio de las variables de respuesta a trav?s de dos periodos: 2006-2011 2013?2015. Se realizaron pruebas de t?Student pareadas empleando estimacion de varianzas bajo e1 supuesto de heterocedasticidad varianzas distintas entre los periodos a contrastar. En el caso de las categorias de vitaliclad (Figura 6 del Ap?ndice antes mencionado) 5610 se apreciaron diferencias marginalmente signi?cativas para la categoria de vegetacion muy d?bil (t 1.6202, df 2 6, p?Value 2 0.07816). En tanto, al evaluar 1a proporcion de follaje verde en la vegetaci?n del Borde Este del Salar de Atacama, se observaron disrninuciones signi?cativas para la categoria de 75?100% 3! 50a750/o, las que disminuyeron signi?cativamente durante la infracci?n, mienttas que la categoria cle proporcion de follaje <50/o aumento signi?cativamente durante la infracci?n. La Siguiente tabla resume los resultados del analisis estadistico: 75-100%, umcs>umfmci?n 1.9722 6.3696 0.04663? 50-75% 11am? 3.1121 6. 7.4875 000782? 25-50%) Mamesummd?n 1.2503 6.243 0.1289 P. famed 11mm? pm?am?n -1 2 0.4226 Tabla 2. Resultados de una pmeba de t-Student pareada para las abundancias de distintas especies de ?amencos en dos sectores lacustres (Soncor Aguas de Quelana) del Salar de Atacama. Las abundancias fueron transformadas a Se ?ustra la pmeba de hip?tesis evaluada, junto con el estadistico dc prueba observado, los grados de libertad estimados en base a un supuesto de varianzas distintas el valor de probabilidad de techazar 1a hipotesis nula por azar. Esta ?llima columna destaca mediante asteriscos aquellas diferencias signi?cativas. Valores bajo p=0.05, son estadfsticamente signi?cativos. Cuanto manor sea e1 p, m?s signi?cativo ser? el resultado. (Elaboracion de AMAKAIK) En el caso de la informacion relative a1 n?mero de ejemplares de ?ameneos en los sistemas de Soncor Aguas de Quelana, se identi?caron aumentos del ?amenco andino en el sector de Soncor, mientras que el ?amenco chileno presenta disminuciones Hama?vas en Aguas de Quelana. Sin embargo, no se observan diferencias signi?cativas. EHO re?eja la falta de replicas espaciales (dentro de lagunas) como entte estaciones del a?o. E1 an?h'sis exploratorio se resume en la ?gura siguiente: A Sector Soncor if? . 600- Spemes P. .6 my andlnus Pchilensis 13 . 4'30 4? P.jamesi it 303 - auu? Antes lnfraccion Grupo 3 Sector Aguas de Quelana 1204 .9 . 90' Sp-eCIes a: 4- Randinus "5 50? hank? Pchilensis 30 ?WM-cm" P.jamesi .D d: 0- Antes tnfraccion Grupo Figura 1. Abundancia promedio para el flamenco andjno, ?amenco chileno ?amenco de james en los periodos previo durante la infraccion. Se ilustra Ia variaci?n en los sectores de a) Soncor b) Aguas de Quelana. Las barras do error corresponden a una desviacion est?ndar. (Elaboraci?n de AMAKAIK) Este analisis ?ustra Como la realizaci?n de pruebas de hip?tesis permjte dcterminar Si existe no variacion en distintos componentes ambientales. E110 es clave, dado que estas especies do aves no 5610 han sido categorizadas con un estado de conservacion vulnerable, sino que ademas son consumidores superiores en las cadenas tro?cas de los sistemas lacustres del Salar cle Atacama. Pot e110, SQM, ademas de realizar un analisis como el ilustrado, debe contrastar estos resultados con la variacion de los grupos de presas de las especies de ?amencos. Por su parte, un punto de particular relevancia es la de?nicion del periodo hist?rico a considerar como referencia para determinar la concurrencia do efectos. En particular, el contraste de presencia ausencia de diferencias signi?cativas, para ser completo, deberia considerar como referencia la informaci?n de linea base. De hecho, el considerando N?10.3.2.2.c de la RCA 226/2006 se?ala de manera explicita la necesidad de realizar la comparacion con la linea base para el caso de la Vegetacion del Borde Este. En tanto, otro aspecto cuestionable en torno a la aseveracion de ausencia de efectos es la representaci?n de inforrnacion agregada, considerando solo valores totales promedio sin incluir estimaciones dc variab?idad espacial temporal. Para la totalidad de componentes 10 analizados, Se reportan los dates a escala anual, indicando un ?nico valor para cada sector. E110 omite la representaci?n del grado de variabilidad entre replicas de muestreo el efecto de las oscilaciones estacionales. Por tiltirno, para permitir la evaluaci?n objetiva de la informaci?n tendiente a acreditar 1a no concurrencia de efectos, seria necesario que SQM presentara cual es la variable indicadora a evaluar (abundancia, frecuencia, riqueza, biomasa, etc), cual es el estadigrafo a evaluar (promedio, proporci?n, varianza Otto); asi corno todos los antecedentes que expliquen e1 tipo de prueba rea?zado para sostener su conclusi?n. 1.2. Acciones propuestas Dadas las ineertidumbres que subsisten en base a los antecedentes presentados, no es posible evaluar c011 precisi?n 1a su?ciencia de Ias acciones propuestas en el Refundido para hacerse cargo de la infraeci?n relativa a la sobre extracci?n de salmuera. La forma de alcanzar certeza en lo sucesivo acerca de la in?uencia del bombeo de salmuera a 103 sistemas sensibles seria implementar un sistema de monitoreo en linea en tiempo real, que sea surninistrado a todas las autoridades competentes 5; entregue Ia informaci?n su?ciente para garantizar que no se esta afectando a los sistemas sensibles. 2. Hecho infraccional NOZ: ?Afectaci?n progresiva del estado de vitalidad de algarrobos (Prosopis Flexuosa) en el area del pozo Camat 2, segl'm se detalla en la Tabla sin asumir las acciones para controlar mitigar dicho efecto ni infotmar a la autoridad desde (212013 a la fecha.? 2.1. Existencia de efectos negatives asociados a la infracci?n: En el Refundido, a solicitud de la SMA, SQM modi?c? 1a identi?caci?n de los efectos negativos derivados de la infracci?n, ajustandose a los t?rminos de la formulaci?n de cargos. Pese a que esto, sumado a la propuesta de paralizar totalmente 1a extracci?n desde el pozo Camar 2, pudiera parecer un reconocimiento de 105 efectos oeasionados por la operaci?n de la empresa, 105 antecedentes presentados en el Refundido dan cuenta de que SQM busca hallar otros elementos causantes del da?o ocasionado. En efecto, ya en la parte inicial del Anexo 2 del Refundido SQM mam'?esta que en este doeumento ?re arm/agar? [or porib/er gem: ongi?ados prodm?to de [a z'ri?am'd? modach a! Cargo 2 de [a ?ma/aa?dn de c?argof?, para luego continuar declarando que su infracci?n esruvo constituida por el hecho de que de acuerdo a la RCA Saki?? 5/1. debz'cf z'zg?Jmar a {a autazidad} lama/r la; accioize: nemaan para contmlar} mz'tzgar [or cy??rz?w olmmador m/aa'onador can {a Comtmm'dn} aperaa'?n deipmyecz?a, 32mm; que a no be? omm?do?. Mas alla de la correcci?n formal de taI a?rmaci?n, 1a falta de certeza que queda plasmada a1 presentar antecedentes dedicados a buscar e1 origen de la afectaci?n a los algarrobos. no se condice con la rigurosidad que seria deseable tener con el ?n de poder a?rmar que la causa subyacente de este efecto identi?cado no genera 0 ha generado otros 1Igotenciales efeetosa no determinados hasta ahora que 3610 seria posible con un seguimiento de mayor periodicidad. Por orra parte, los estudios acornpa?ados, descartando 1a relevancia que podria tener la extracci?n de SQM en la afectaci?n de los algarrobos, a?rman que la poblacic?m de algarrobos 11 en el sector del pozo Camar 2 no se sustenta en niveles freaticos profundos, sino mas bien en fuentes de escorrentia super?cial njveles acuiferos mas someros independientes del acuifero general. A partir de ello, presentan otras posibles hipotesis corno causantes de la afectacion. No obstante, los antecedentes con que se presenta e1 corolario expuesto no estan exentos de observaciones. Primero, los estudios eco??siologicos realizados en relaci?n al estado de los algarrobos se realizaron durante un {mico a?o, lo que es insu?ciente en t?rminos de representatividad de condiciones ambientales, siendo deseable que abarcara un mayor espacio temporal. En efecto, un supuesto central de todos los estudios eco-?siologicos isotopicos realizados es la condicion c?eferz?tpan'law para extrapolar a los individuos afectados en el area de Camar 2 durante el periodo de infraccion a partir de los estudios realizados en el a?o 2017. Por ello, los analisis proximales realizados deben apoyarse en antecedentes retrospectivos de toda la informaci?n ambiental registrada por SQM a lo largo del desarrollo del proyecto. Luego, cabe se?alar que, lamentablemente, no se incluye una descripcion detallada del sistema de raices del algarrobo en la poblacion dc estudio sectores sirnjlares, que seria deseable a ?n de poder analizar de mejor manera la in?uencia de la extraccion en su estado. Una forma apropiada de argumentar la incidencia de potenciales causas en el efecto sobre los algarrobos seria a partir de un modelo hidrogeol?gico parametrizado, que permita dar cuenta de cambios a la escala de las poblaciones de algarrobo afcctaclas. Esta informaci?n, sin embargo, no consta en los antecedentes acornpa?ados por SQM. De no existir tal informaci?n, las hipotesis alternativas propuestas requeririan e1 analisis detallado de evidencia adicional que demuestre la presencia de los acuiferos colgados propuestos, en conjunto con una demostracion de la dependencia de los arboles afectados con respecto al pozo de Camar 2. 2.2. Acciones promstas: Como parte de los esrudios que fueron acompa?ados en este Refundido, se plantean una serie de hip?tesis alternativas respecto a las eventuales causas de la afectacion progresiva de los individuos de algarrobo. Ello. pues no hay certeza de la causa real de la afectacion evidenciada. Tal situaci?n redunda en que. en de?nitiva. no sea posible aseverar con certeza que las acciones propuestas, especialmente para el tiempo inmediato tras la eventual aprobacion del seran las id?neas. Dado este escenario, es precise demosttar empiricamente la relaci?n de la poblacion de P. ?exzwm con napas freaticas en el sector de Camar 2, con la ?nalidad de evidenciar cuanti?car el potencial impacto del bombeo en la vitalidad de los individuos presentes de dicha especie. Sin perjuicio de lo anterior, si bien analizadas aislaclamente las acciones incluidas en el Refundido desde el punto de Vista hidrogeologico ellas parecen adecuadas, desde otra perspectiva, cabe formular ciertas observaciones puntuales. En efecto, como parte de aquellas medidas que serian sometidas a evaluacion ambiental se incluye la reposici?n de los algarrobos con efectos negativos en su estado Vital sanitatio. Esta medida deberia contemplar el reemplazo por individuos de calidad poblacionalmente equivalente, lo que implica la neccsidacl de conocer previarnente en forma cabal su estructura gen?tica. Aden-1215, en cuanto a la eventual aplicacion de sistema de riego a algarrobos con efectos negativos en su estado vital sanitario, 12 este sistema no debiese interferir en la medici?n de efectos de cambios en volumen de extracci?n sobre Ios individuos adultos en categoria de ?vigoroso? 0 ?normal?. Por otta parte, de manera adicional seria deseable que se realizara una caracterizacion de la poblacion presente en el sector desde 1a perspectiva biol?gica ecologiea, a objeto de conocer en profundidad a las especies evaluar con mayores antecedentes su estado comportamiento. Para dicha caracterizaeion debiesen considerarse, entre otros aspectos, 1a diversidad gen?tica de la poblacion de algarrobo documentada en Ias cercaru?as del pozo Camar 2, para determinar grado de parentesco entre individuos poder asi realizar apropiadamente 1a replantacion de algarrobos; la relaci?n ?togeogra?ca con poblaciones geogra?camente aleda?as, dada la posibilidad de que la poblacion de inter?s sea una sub?poblacion en un contexto metapoblacional, su subsistencia futura dependa de la dinamica poblacional entre sub?poblaciones. 3. Hecho infraccional ?Entrega de informacion incompleta respecto de la extraeci?n de agua dulce, niveles de pozos formaciones vegetales, segl?ln se expone en la Tabla 11, lo que no permite cumplir con el objetivo de contar con informacion de control trazable que permita a la autoridad una veri?caci?n de las variables se?aladas, en el periodo desde el a?o 2013 a 2015.? 3.1. Existencia de efectos negativos asociados a la infraccion: En el Ap?ndice 3.2 del Anexo 3 del Refundjdo se reportan los resultados de un analisis retrospectivo para documentar las limitaciones del uso de imagenes satelitales para la identi?cacion de areas cubiertas con vegetacion. E1 informe se?alo como origen de un cambio abrupto en la vegetaci?n. consistente en la reducei?n de 3.162.?) ha en la super?cie total cubierta POI los distintos tipos vemacionales. la existencia de un a?ste realizado a la cartografia en el a?o 2013. Ademas, se indica que durante la campa?a de terreno efectuada en abril dc 2013 se realizaron 324 nuevas descripciones vegetacionales voluntarias distribuidas en toda e1 area de estudio. Estas nuevas descripciones complementan Ias 118 descripciones establecidas en la RCA 226/2006. Luego, sobre la base de los resultados obtenidos en las campa?as adicionales do terreno, se con?rmo descarto la presencia de vegetaeion sobre algunas Unidades Cartogra?cas identi?eadas en el Borde Este del Salar de Atacama. En base a lo anterior, se presento una reclasi?cacion de aquellas unidades vegetacionales que, seglin los resultados obtenidos en terreno durante 2013, presentaban coberturas menores a siendo catalogadas como Zonas de Vegetaci?n Escasa (ZVE cobertura entre ?1 respecto, cabe destacar que la aplicacion retrospectiva de esta correcci?n sin contar con datos historicos disponibles es di?cil de sostener, toda vez que no se cuenta con informacion de validacion en terreno para los poligonos adjcionales. En este sentido. para poder dar validez a este argumento. SQM debiese acompa?ar e1 analisis retrospectivo de imagenes satelitales con la validacion mediante informacion de terreno recolectada en las fechas correspondientes a las imagenes sateh'tales a corregir. A mayor abundamiento, la RCA 226/2006, en su considerando N?10.3.2.2.b, detallo especi?camente Como se realizaria e1 seguimiento de la vegetacion, se?alando, en sfntesis, que se efectuaria a partir de la detecci?n de posibles variaciones en la cobertura de las formaciones 13 vegetales identi?cadas en el area de estudio durante la descripci?n de Linea de Base las campa?as de monitoreo previas a la operacien, usando imagenes satelitales captadas en abr? de cada a?o, a ?n de poder comparar situaciones equivalentes de desarrollo vegetative de la cubierta vegetal. De ahi que la informacion expuesta para argumentar la ausencia de efectos per esta infraccion ni siquiera se condiga con Ios t?rminos de la RCA. En de?nitiva, SQM debiese realizar el analisis retrospective de les cambios de la cobertura de la vegetacion. E110 con imagenes de alta resolucion, lo mas cercano a1 periodo de la linea base posible que las imagenes de alta resolucion permitan en periodos del 2006?2013 2013-2017, considerando la informacion de les puntos historicamente muestreados e11 terrene los complementarios. Adicionalmente, para analizar posibles desplazamientos cambios en las fermaciones, evitar errores en cambios de sistemas coordenados validacion con las imagenes sateh'tales, seria deseable que los muestteos de vegetacion se realizas?en sobte puntes de control con estaciones ?jas en terreno. 3.2. Acciones propuestas: Las acciones propuestas en el Refundide no son su?cientes come para garantizar la proteccion de los sistemas. dado que se desconoce de qu? manera podria afectat realmente el bombeo en la ferma en que opera e1 p_royecto. baje los conocimientos actuales. a los sistemas 52mm. Dado que existe incertidurnbre, SQM debiese comprometerse a implementar un sistema de monitoreo en linea. con la capacidad de generar reportes mensuales con dates continues. con antecedentes que permitiesen correlacionar los caudales bombeados e11 salmuera con registros continues )1 de frecuencia mensual de los datos de nivel en los_puntos de monitoreo compremetidos en la RCA 226/2006 para este sector. Elle con el objetivo de veri?car permanentemente 1a in?uencia del bombeo de sahnuera sobre los sistemas sensibles, velando por su maxjma protecci?n. Per otta parte, en lo que re?ere a la entrega de informaci?n respecte a la cobertura vegetal, esta debiese ser complementada con campos de identi?cacion georreferenciacion que permitiesen e1 cruce de estes dates con antecedentes geo?referenciados de ottas variables componentes ambientales. Ademas, incluyendo informacion de composicion abundancia de las especies vegetales, para cautelar 1a representatividad biotica biogeogra?ca del ecosistema en estudio. 8610 de esa forma se podran mantener las funciones servicios ecosist?micos que aportan dichas plantas nativas. debiese considerarse e1 porcentaje de cobertura denudada libre de vegetacion, a ?n de representar cotrectamente aquellas tendencias en p?rdida de habitat, ganancia de cobertura per parte de alguna formacion. 4. Heche infraccional ?El plan de contingencias para el sistema de Peine, no re?ne las mismas caracteristicas de los demas sistemas ambientales, per lo que no permite garantizat la mantencien de las condicienes de funcionamiento natural del sistema.? 4.1. Existencia de efectes negatives asociados a la infracci?n: 14 Tal eomo se?ala e1 titular. e1 analisis sobre la eventual concurrencia no concurrencia de efectos? como consecuencia del hecho infraccional. debe efectuarse en relacion con el escenario de existix desviaciones respecto al comportamiento natural del Sistema Lacustre de me. En este sentido, es importante destacar lo expresado en el RCA, en tanto minjmo a cumplir, que en su considetando N?10.3.2.2.c dispone: ?La comparacion de los resultados obteniclos en cada campa?a cle medicion respecto de la situacion de Linea de Base anteriores mediciones efectuadas en la etapa de operacion, permitira la deteccion de cambios a nivel de la abundancia riqueza de las especies para cada transecto de?nido en la Linea de Base para el area de estudio en general. Por otra parte, los muestreos de variables rnicroambientales (particularmente el pH la salinidad), permitiran detectar cambios a nivel del sustrato en cada transecto relacionarlos con las mediciones efectuadas sobre la ?ora. La deteccion de cambios signi?cativos en estas variables 0 la identi?cacion cle tendencias de cambio en la cobertura de las comunidades vegetales, seran analizadas en conjunto con otros antecedentes, tales corno: registros historicos de meteorologia local regional, monitoreo de variables hidrogeologicas antecedentes provenientes de otros estudios efectuados tanto a nivel local como regional. La consideracion de estos antecedentes permitira identi?car la ocurrencia de variaciones por factores naturales (tales corno fenomenos ENSO) en el area de estudio.? Esta comparaci?n no se encuentta presente en el Refundido ni en los anexos mencionados. Si bien se reportan las abundancias ottos parametros de manera gra?ca tabular, no se defmen pruebas estadisticas que permitan evaluar de manera objetiva 1a concurrencia no de efectos. For 10 tanto, debe contrastarse los valores de parametros estadisticos estimados para diferentes componentes ambientales con los valores historicos observados antes de la ejecucion del proyecto. Esto puede veri?carse ya sea evaluando cambios signi?cativos en la eobertura promedio 0 e1 n?mero de parcelas con alg?n nivel de cobertura, bien evaluando la existencia de tendencias signi?cativas en el tiempo abarcado por la infraccion. 4.2. Acciones propuestas: Las acciones determinadas en el Refundido Se consideran adecuadas en cuanto a contar con un plan de contingencia que al menos considere parametros basados en mayores niveles de conoeirniento del funcionamiento del Salar. Sin embargo, no es posible determinar la su?ciencia de las acciones propuestas en tanto ello depende de la existencia no de efectos ambientales que, seg?n indicaramos, no han sido descartados de acuerdo con la metodologia planteada en la RCA. En consideracion de ello nuevamente teniendo a la vista el principio precautorio, SQM debiese ajustar sus Planes de Contingencia tal como fue propuesto por la DGA, en el sentido dc utilizar umbrales mas exigentes a los actuales. 5. Hecho infraecional ?Falta de analisis de los registros historieos de la meteorologia local regional, monitoreo de variables hidrogeologicas demas antecedentes provenientes de otros estudios efectuados tanto a nivel local corno regional, que permitan identi?car la ocurrencia de variaciones por factores naturales en el area de estudio (parcelas de vegetacion) en consideraci?n a que se constat? la afectaci?n signi?cativa de las variables de pH salinidad del suelo para el a?o 2013, advirti?ndose un aumento en el 90% de las muestras, pasando de suelos moderadamente salinos a suelos fuertemente salinos un aumento de la alcalinidad del pH.? 15 5.1. Existencia de efectos negaljvos asociados a la infraccion: Para evaluar 1a concurrencia no de efectos de la infraccion, los que se verian re?ejados en un detrimento en el estado de la vegetacion, SOM aconlpafla diversos estudios que se habrian desarrollado en el tiempo intermedio entre la presentacion del original la formulacion de observaciones por parte de la SMA. El prirnero de ellos, esto es, el Ap?ndice 5.1, titulado del compo?amim?o de [a vegetarian e/ Barde Em, er: rte/avian a [a mn'acz'?n obtemada I625 propz'edader del .rzm?mto?, se dedico a evaluar la existencia de modi?caciones en los indicadores de estado de la ?ora vegetacion en el periodo posterior al a?o en que se observo e1 incremento en las variables de caracteriZacion del sustrato. Este estudio adolece de una serie de defectos que vuelven fragiles las conclusiones a que puede haber arribado. en tanto los datos utilizados para llegar a ellas no son Drecisos. Dentro de tales defectos se cuenta el que los analisis de regresion ilustrados se enfocan en la tendencia en el nL'lrnero de registros que presentan alg?n grado de cobertura, en lugar de demostrar la variaci?n temporal de la cobertura promedio, incluyendo las barras de error asociadas. El analisis presentado agrupa erroneamente como equivalentes los registros eon porcentajes bajos, medics altos de cobertura. Ademas, no se entrega ninguna prueba analisis estadistico que indique la signi?cancia ausencia de signi?cancia de las rectas ilustradas. A mayor abundamiento, en este caso tampoco se presenta alguna prueba de hipotesis 0 similar que permita avalar las conclusiones expuestas. Por otra parte, se restringe el analisis a un periodo de 2 a?os previo a la infraccion a 105 2 a?os posteriores a la misma (a?os 2010 a 2014), lo que no es apropiado para determinar adecuadamente 1a ausencia de efectos. En cambio, se debi? haber incluido en el analisis la informacion de mayor alcanee temporal posible, contemplando a lo menos el periodo comprendido entre la linea base la fecha de la infraccion. Ademas, en caso de haber existido fuentes de variabilidad interanuales, como eventos del fenomeno ENSO, estos tambi?n debiesen considerarse. En segundo lugar, en el Ap?ndice 5.2, titulado ?bylaws, Cambrian? Va?ab/epoy se realiza un analisis detallado de las correlaciones de distintas variables con pH salinidad como variables dependientes, sin embargo, no se considera 1a interaccion entre las distintas variables analizadas, los modelos de regresi?n solo eval?an e1 efecto lineal en el tiempo de cada variable climatica hidrogeologica por separado sobre el salinidad. Esto, en circumstancias de que, dada 1a alta complejidad del fen?meno a estudiar, seria deseable la realizacion del analisis de manera tal que permita evaluar estructuras de causalidad dadas las matrices de correlacion entre las distintas variables independientes a evaluar, mediante un modelo de regresion lineal m?ltiple 0 un modelo estructural, por ejemplo. Por otra parte, dentro del marco conceptual de la linea de base, el Plan de Seguimiento la RCA 226/2006, la relacion que se desea evaluar es el efecto de pH salinidad sobre la vegetacion ?ora, mas que la relacion de estas dos variables con cada una de las especies vegetales por separado. En ese sentido, la aproximacic?m empleada solo entrega conclusiones parciales, no perrnite descartar por completo la ausencia de efectos de la infraccion sobre los cambios de pH salinjdad observados. Para ello, se requeriria cruzar la informaci?n de pH salinidad georrefereneiada con aquella correspondiente a1 estado de la ?ora vegetacion. 16 El tercer informe acompa?ado, en el Ap?ndice 5.3, denominaclo ?And/iris Mercado/ogth de Moniromo de Efe'c?m'm )2 pH?, analiza compara los dos m?todos de medicion empleados para determinar medir la conductividad el?ctrica el pH del suelo aplicados en los periodos 2006?2011 2012-2016, luego realiza una comparacion pareada realizada en 2017 entre ambos m?todos. A1 respecto, para demostrar la ausencia de infracci?n, se debiese demostrar que tras la correcci?n de escala no se observan diferencias signi?cativas entre los datos medidos en 2006?2011 los datos medidos entre 2012 2016, transformando los datos de las mediciones efectuadas con los diferentes m?todos a una misma escala, a objeto de tener uniformidad en los parametros, entonces evaluar la existencia no de diferencias signi?cativas. Por ?ltimo, es relevante que el informe no detalla si e1 analisis de correlacion sobre pI-l salinidad contempla las diferencias asociadas a los diferentes m?todos de cuanti?caci?n del pH de salinidad irnplementados antes despu?s del a?o 2012. 5.2. Acciones propuestas: Las acciones propuestas para este cargo ya han sido ejecutadas, se reportan en los Ap?ndices del Anexo 5 del Refundido. No obstante, es relevante hacer presente que en el caso del protocolo para el analisis de tendencia de las variables ambientales de vegetacion y/o variables microambientales, la estrategia de analisis no permite evaluar adecuadamente de forma cuantitatlva los cambios en la cobertura promedio de la vegetacion. En particular, el analisis de tendencia realizado se enfoca en la frecuencia de parcelas con alg?n grado de cobertura de vegetacion, no reporta la magnitud promedio ni la variabilidad en la cobertura vegetacional. Dado que no se reportan los datos originales, es imposible veri?car 1a aseveracion de manera independiente. Adem?s, no se entregan pruebas estadisncas asociadas al analisis de tendencias realizado. La informacion seria completa si se considerara un analisis de regresion lineal in?ltiple modelo estrucrural que permita evaluar la estructura de relacion causalidad que mejor explica los cambios en pH salinidad del suelo, eventualmente su propagaci?n de efectos a la coberrura vegetal; analisis que debiese tornar Como insurno datos de pH conductancia electrica del suelo que no presenten cambios en el dempo en cuanto a t?cnica de medicion. Por su parte, e1 protocolo cle analisis de tendencias en cobertura vegetacional debiera considerar la variable proximal, es decir, 1a cobertura media, no un analisis de frecuencias derivado de esta variable. Ademas, se debiese informar lo relativo a la variabilidad espacial temporal, incluyendo las pruebas estadisticas correspondientes para evaluar la presencia ausencia de cambios signi?cativos. Todo lo anterior, de manera tal que la informacion sea transparente permita el analisis independie?te, posibilitando solo asi el correcto resguardo de los objetos de protecci?n. 6. Hecho infraccional 6: ?Modificacion de las variables consideradas en 105 planes de contingencia, sin contar con autorizaci?n ambiental, de acuerdo a lo siguiente: - Modi?cacion de los pozos a monitorear, asi como de las cotas de terreno de los pozos de monitoreo para cada uno de los sistemas de control, utilizados en el Plan de Contingencia, seg?n se expone en las Tablas 4 5, respectivamente. 17 - Alteracion de los umbrales de activaci?n de los niveles de fases I II del Sistema Soncor, seg?n se expone en las Tablas 6 respectivamente.? 6.1.. Existencia de efectos negativos asociados a la infraccion: En relacion con este cargo, SQM niega de plano que los hechos que lo constituyen hayan podido generar un efecto negativo, se?alando que ?7ch time in?mmz'a dz'mcta err [52 raw/midi: de/ comporramz'e?ro de 103 ambz'eisze: qua .re protege)", enigma; com/mare que no re generarorz ry??cfa; dime derivado; dc? 1a z'rg?im?a'dn armada a! raga De este modo, intenta desconocer la relacion existente entre las distintas infracciones imputadas omite el hecho de que la extraccion. Sumada a las variaciones unilaterales en el Plan de Contingencias -que precisamente constituyen este cggo . Si pueden haber tenido efectos a los sisternas objeto de proteccion. Es decir, se basa en que se trataria de efectos indireme para simpli?car en extremo el ambito del analisis, con lo que deja en pie 1a incertidumbre respecto de todos los potenciales efectos que pueden haberse generado a consecuencia de la operacion de SQM. A mayor abundamiento, si bien e1 tenor del cargo no menciona la super?cie lacustre la profundidad de los sistemas lacustres estudiados (Soncor Quelana), son justamente dichas variables las que permitjrian evaluar la concurrencia no (16 efectos. Por lo demas, se sostiene que el aumento de la poblacion de ?amencos seria muestra de la ausencia de efectos; interpretacion que omite 1a posib?idad de que tal aumento se haya producido 3610 en un periodo cercano a la actualidad, como recuperacion de alg?n descenso anterior. Esto deja en evidencia lo no concluyente del analisis efectuado. En este sentido, a diferencia de lo realizado en los estudios acornpa?ados en relacion con este cargo, la aseveracion de ausencia de efectos sobre los componentes ambientales a proteger debiese basarse no 3610 en pruebas de hip?tesis estadisticas, sino ademas en pruebas de hipotesis que eval?en modelos que incorporen la accion de procesos demogra?cos minimos (en este caso, natalidad mortalidad, al menos), todo ello junto con los antecedentes directos que den cuenta del mantenirniento de las condiciones de funcionamiento natural de los objetos de proteccion. 6.2. Acciones propuestas: Conforme hemos tratado anteriormente, la informacion suministrada se basa en el argumento formal dado por los datos surninistrados_por 61 Plan de Condngencia, sin detallar directamente cl estado de los componentes ambientales a lo largo de la operacion del proyecto ni dar cuenta de su mantenimiento dentro de rangos historicos. A consecuencia dc ello, actualmente se desconoce de qu? manera podria afectar realmente e1 bombeo de salmuera a los sistcmas sensibles salvo en la medida que se demuestre con datos idoneos. detallados seg?n lo indicado pgeviamente. cual ha sido e1 efecto sobre dichos sistemas. De este modo, tal incertidumbre irnpide evaluar en su m?rito las acciones propuestas, cuya su?ciencia queda en duda frente a la posibilidad de que existan otros efectos que hasta ahora no han sido identi?cados. Lo anterior hace necesa?o como medida precautoria reducir la extraccion dc salmuera respecto a los niveles actuales. 18 IV. CONCLUSIONES Conforme fue evaluado ambientalmente, la extraccion dc salmuera puede generar efectos en los sisternas sensibles. Sin embargo, como se ha expuesto a lo largo de esta presentaci?n, a partir de los antecedentes entregados p01: SQM, no hay certidumbre sobre el real efecto que actualmente pueda estar ocasionando a los diversos componentes ambientales dicha extraccion. Para conocer a cabalidad la situacion de estos componentes se requeriria contar con antecedentes adicionales a 103 presentados por SQM, en cuanto a su metodologia, periodicidad, entre otros aspectos, seg?n se ha desarrollado en este esctito. En este contexto, es fundamental mejorar los sistemas de monitoreo en las zonas sensibles, reevaluando los puntos de monitoreo expandiendo las zonas incluidas, asi como perfeccionar consecuenternente los Planes de Contingencia, todo ello en base a la nueva informaci?n que se ha generado desde el a?o 2006. En este sentido, frente a la incertidumbre, tal Como recomienda la DGA, se deberian establecer umbrales mas exigentes a los actuales. Por otra parte, como hemos planteado a lo largo de esta presentacion, no exister claridad respecto a1 efecto que la reducci?n de los njveles del n?cleo del salar causaria a largo plazo en los objetos de proteccion, lo que se suma a los antecedentes preliminares entregados por el estudio encargado por el Comit? de Mineria No Metalica de Gobernanza de Salares, de un desbalance entre la recarga la utilizacion cle salmuera por parte de las empresas que realizan esta extracci?n. Ante esta situacion existiendo la posibilidad de que a causa de la operaci?n de SQM terceros se ocasionare un da?o al medio ambiente, corresponde aplicar el pn?na?z'o pmautm'o, conforme a1 cual ?fa fa/ta de omega mntg?m abroima I20 debem? utz?lz?qarre coma mgo?n para partergar {a adopcz'd? de razedz'dar e?c?acer e?fmm?n d3 cortorpam impedz'r [a degradadd? del media ambz'mte?2. Consecuentemente, solicitamos exigir que SQM implemente, como parte de los compromises de su mientras no se cuente con informacion ?dedigna se resuelvan las incertidumbres planteadas, lo siguiente: i) No incrementar la extracci?n de salmuera como lo permite 1a RCA. En efecto, la RCA establece dos aumentos futures de 100 litros por segundo cada uno, los que deberian quedar transitoriamente suspendidos. ii) Dada la di?cultad de medir las reinyeccion, especialmente las indirectas, tal (301110 10 se?alo la DGA, se debiese establecer un limite absoluto a la extracci?n, que permita rebajar en al menos 150 litros por segundo promedio anual la extraccion bruta total actual dar certidumbre respecto a1 nivel de extracci?n bruta. Establecer un sistema de monitoreos ?dedignos compartidos con las autoridades relatives a las reinyecciones directas indirectas. Todo lo anterior, reducita signi?cativamente e1 riesgo de efectos ambientales perniciosos a causa de la extracci?n permitjra a la autoridad conocer de rnejor manera el estado de la operaci?n en el Salar en relacion a los sistemas sensibles, que podra asi velar por que aquellos efectos no se generen efectos ambientales adversos. 2 Articulo 15 de la Declaracl?n de Rio sobre el Medio Ambiente el Desarrollo, de 1992. 19 Por ?ltimo, cabe hacer presente que la sustentabilidad ambiental de la cuenca del Salar de Atacama es un objetivo fundamental para CORFO. En este sentido, aun cuando excede e1 ambito de este proceso sancionatorio, cobra relevancia la informacion preliminar aportada por el estudio del Comit? de Mine?a No Metalica de Gobernanza de Salares, que indica que el sistema no esraria en equilibrio. Existen cuatro empresas que realizan extraccion de agua cruda dos de salrnuera en la cuenca del Salar de Atacama, siendo imposible tener certeza de la responsabilidad que compete at cada una de e?as en ese desequilibrio. Sin embargo, es imPOSible desatender el hecho de que, en el largo plazo, no seria sostenible mantener este desbalance en la extraccion de recursos hidricos en el Salar. Por esta razon, se recomienda a la autoridad ambiental avanzar en la realizacion de una evaluacion ambiental estrat?gica de los proyectos de la cuenca, de modo de promover iniciativas conjuntas para eliminar los desequilibrios hidrologicos, tales como realizar inversiones en plantas de desalacion acueductos en conjunto, que permitan a todas las empresas que operan en la cuenca compartir costos aprovechar econornias de escala no duplicar las inversiones, a la vez que reducir e1 impacto de su operacion en el medio ambiente. TANTO, Con el m?rito de lo expuesto, solicito a1 Sr. Fiscal Instructor tenga presente las observaciones expuestas en el presente documento en de?nitiva ordene que se modi?que perfeccione el Programa de Cumplimiento Refundido presentado por SQM se presente una nueva propuesta, que si cumpla con los requisitos necesarios para su aprobacion y, especialmente, que d? certeza de que mediante el mismo se abordaran los efectos ocasionados por las infracciones cometidas, particularmente incorporando como requerimiento a SQM 1a modi?cacion de sus monitoreos para que ?stos sean mas transparentes accesibles a la cornunjdad la autoridad, junto con la limitaci?n de su tasa de extraccion de saltnuera de manera que, en forma preventiva mientras no existan nuevos antecedentes, se reduzcan los riesgos de generar da?os ambientales. En el Ottosi: Acompa?a Estudjo de Modelos Hidrogeologicos Conceptuales Integrados, Para los Salares de Atacama, Maricunga Pedernales, del 26 de Enero de 2018, realizado por Amphos 21 para el Comit? de Mineria No Metalica de Corfo. POR TANTO, Solicito se tenga por compa?ado. 20